CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

Art. 133 Potestad Tributaria


Listen Later

Art. 133 Potestad Tributaria

1. La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley.
2. Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes.
3. Todo beneficio fiscal que afecte a los tributos del Estado deberá establecerse en virtud de ley.
4. Las administraciones públicas sólo podrán contraer obligaciones financieras y realizar gastos de acuerdo con las leyes.

Conviértete en un supporter de este podcast: https://www.spreaker.com/podcast/constitucion-espanola--4207050/support.
...more
View all episodesView all episodes
Download on the App Store

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLABy Aprende la Ley

  • 5
  • 5
  • 5
  • 5
  • 5

5

1 ratings


More shows like CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

View all
Constitución Española 1978 by Esther

Constitución Española 1978

0 Listeners