1560: El n. 1560 (con los marginales 833 y 886), nos enseña que cada obispo, como vicario de Cristo, tiene el oficio pastoral de su Iglesia particular, pero también tiene colegialmente con los demás obispos la solicitud de todas las Iglesias. Por ello, como nos recuerdan algunos textos del Conc. Vaticano II, debe promover la dimensión misionera de sus fieles, aunar fuerzas con los demás obispos en las conferencias episcopales, sínodos y concilios, etc.- Mons. Van Thuan (3).