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El Diccionario de la Real Academia Española, define al patrimonio como: El conjunto de bienes y derechos propios adquiridos por cualquier título.Desde el punto de vista legal, el patrimonio se define como: Conjunto de bienes pertenecientes a una persona natural o jurídica, o afectos a un fin, susceptibles de estimación.
By La Revista AsesoresEl Diccionario de la Real Academia Española, define al patrimonio como: El conjunto de bienes y derechos propios adquiridos por cualquier título.Desde el punto de vista legal, el patrimonio se define como: Conjunto de bienes pertenecientes a una persona natural o jurídica, o afectos a un fin, susceptibles de estimación.