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El Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) resolvió realizar una reforma en la primera disposición general de la Codificación del Reglamento para la Primera Renovación Parcial de dos Jueces del Tribunal Contencioso Electoral mediante Concurso de Méritos y Oposición con Veeduría e Impugnación Ciudadana.
Esta Resolución se dio con base en la solicitud de los jueces del Tribunal Contencioso Electoral, Dr. Ángel Torres Maldonado y Dr. Joaquín Viteri, quienes solicitaron al Consejo esta reforma por considerarla necesaria y pertinente dado que la disposición general referida, asevera que el Tribunal Contencioso Electoral fue renovado de forma total el año 2019, lo cual no corresponde a la realidad porque se dio una renovación parcial.
El Pleno resolvió, además, disponer a la Coordinación de Asesoría Jurídica incorporar esta reforma.
Ab. Hernán Ulloa Ordóñez
Presidente del CPCCS
By Richard Macias5
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El Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) resolvió realizar una reforma en la primera disposición general de la Codificación del Reglamento para la Primera Renovación Parcial de dos Jueces del Tribunal Contencioso Electoral mediante Concurso de Méritos y Oposición con Veeduría e Impugnación Ciudadana.
Esta Resolución se dio con base en la solicitud de los jueces del Tribunal Contencioso Electoral, Dr. Ángel Torres Maldonado y Dr. Joaquín Viteri, quienes solicitaron al Consejo esta reforma por considerarla necesaria y pertinente dado que la disposición general referida, asevera que el Tribunal Contencioso Electoral fue renovado de forma total el año 2019, lo cual no corresponde a la realidad porque se dio una renovación parcial.
El Pleno resolvió, además, disponer a la Coordinación de Asesoría Jurídica incorporar esta reforma.
Ab. Hernán Ulloa Ordóñez
Presidente del CPCCS