Hemos recibido muchas consultas esta semana, respecto de la obligatoriedad de la presencialidad en las aulas de nuestros hijos e hijas.
En realidad lo fundamental desde lo jurídico es preservar el interés superior del niño. Es decir, los derechos del niño van a prevalecer por sobre los de los adultos. Los niños y las niñas tienen el derecho de ser educados, la escuela debe garantizar la virtualidad para que así puedan hacerlo en este contexto de pandemia, pero no puede bajo ningún punto de vista notificar que está en riesgo su vacante, que será sancionado con inasistencias quien no asista. En ese sentido, padres y madres pueden presentar un amparo para recibir educación preservando la salud. Se puede presentar un amparo en la justicia, pero también en la página de Derechos Humanos de la Nación hay una aplicación para hacer las denuncias correspondientes cuando el establecimiento educativo trata que la presencialidad sea la regla con alguna coacción.
No será así en la provincia de Córdoba por estos días, pero en caso de que los niños o niñas corran riesgo, hay que privilegiar su interés superior.