DEPOSITO EN EFECTIVO ARRIBA DE $15,000.00 MENSUALES
Artículo 55. LISR. Las instituciones del sistema financiero están obligadas a enterar a la autoridad anualmente los ingreso mensuales arriba de $15,000.00 de los depósitos en efectivo, así como las adquisiciones en cheque de caja.
DEPOSITO EN EFECTIVO ARRIBA DE $15,000.00 MENSUALES
Artículo 55. LISR. Las instituciones del sistema financiero están obligadas a enterar a la autoridad anualmente los ingreso mensuales arriba de $15,000.00 de los depósitos en efectivo, así como las adquisiciones en cheque de caja.