El Vortice. La quiebra de España y sus fusiones. El Vórtice en directo con Rafael Bueno.
Desde un punto de vista histórico, lo que caracteriza a las constituciones y las distingue del resto de normas jurídicas es que son normas de crisis. Nacen siempre en el contexto de las grandes crisis históricas de la vida de los pueblos.
El poder constituyente es un poder de crisis porque actúa siempre en los momentos de mayores convulsiones políticas y sociales. Convulsos fueron los años en los que se realizó la reforma constitucional española de 2011 modificó el artículo 135 de la Constitución española estableciendo en el texto el concepto de estabilidad presupuestaria y que el pago de la deuda pública fuese lo primero a pagar frente a cualquier otro gasto del Estado en los presupuestos generales, sin enmienda o modificación posible.
La entrada en vigor de parte del artículo se demora a 2020. – Que curioso… Sin embargo el resto de partidos representados en las Cortes Generales (los conchabados fueron el PPSOE y Unión del Pueblo Navarro) se mostraron descontentos ante dicha reforma en la que, según ellos, no se les había llamado a la negociación, lo que les llevó a acusar a ambos partidos de «romper el proceso constituyente».
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