ILUSTRANDO EL DERECHO.

EPISODIO 16. EL DERECHO DE PETICIÓN PARTE 2.


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El mismo será un extracto de lo reglamentado en la Ley 1755 de 2015, Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición.

Según la Ley, se tiene que, so pena de sanción disciplinaria, toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción. Las peticiones de documentos y de información deberán resolverse dentro de los diez (10) días siguientes a su recepción. Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades, en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción.

EDUARDO RUBIO PERILLA.

ABOGADO.


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ILUSTRANDO EL DERECHO.By EDUARDO RUBIO PERILLA