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En este episodio, el profesor Edgar Humberto Campos nos habla acerca de la sentencia C-412 de 2025, la cual determina que, los hijos maltratados no tienen obligación de suministrar alimentos sin importar su origen, "“Todos los hijos e hijas, sin importar si son biológicos, adoptivos o de crianza, pueden exonerarse de la obligación alimentaria cuando han sido víctimas de maltrato por parte de sus padres”
By Edgar Humberto Campos GómezEn este episodio, el profesor Edgar Humberto Campos nos habla acerca de la sentencia C-412 de 2025, la cual determina que, los hijos maltratados no tienen obligación de suministrar alimentos sin importar su origen, "“Todos los hijos e hijas, sin importar si son biológicos, adoptivos o de crianza, pueden exonerarse de la obligación alimentaria cuando han sido víctimas de maltrato por parte de sus padres”