Poster Central, Pablo Callejón

Estafas bancarias a jubilados


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Una práctica común por estos días tiene que ver con el menoscabo que sufren los jubilados a la hora de cobrar sus haberes.
Algunas entidades donde los jubilados cobran sus haberes han tomado la modalidad de otorgarle créditos o algún servicio financiero por el cual el jubilado o jubilada termina endeudándose. Esto no está permitido, porque inclusive en la mayoría de estos procedimientos se violan los artículos 4 y 36 de la Ley de Defensa al Consumidor, es decir la posibilidad de informarse de manera cabal, donde se le expliquen las condiciones del dinero que toma, incluso muchas veces el jubilado lo saca pensando que corresponde a su jubilación, y luego se encuentra con que no cobra la totalidad de sus haberes.
La recomendación es siempre dirigirse a todos los organismos de Defensa del Consumidor para hacer los reclamos, y en el caso particular, si no prosperan las instancias de mediación, habrá que judicializar la cuestión.
Pero sepan los jubilados que no se tienen que quedar con lo que dice el banco y siempre tienen la posibilidad de reclamar. Por ejemplo, esos contratos rara vez llevan la firma del jubilado, es decir esas prácticas son nulas o anulables en gran porcentaje.
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Poster Central, Pablo CallejónBy Pablo Callejon