El podcast de García González Génesis

Extensión de las obligaciones


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La extinción de las obligaciones en el derecho civil se refiere a los medios por los cuales un vínculo jurídico entre un acreedor y un deudor deja de tener efecto, liberando al deudor de la prestación a la que estaba obligado. Las causas más comunes para la extinción son el pago o cumplimiento, la pérdida de la cosa debida, la condonación de la deuda (perdón del acreedor), la confusión de derechos (cuando la misma persona es acreedor y deudor), la compensación de deudas recíprocas, y la novación (sustitución de una obligación por otra


Modos de Extinción de las Obligaciones
Pago o Cumplimiento: Es el modo principal de extinción, donde el deudor realiza la prestación debida (dar dinero, hacer algo o no hacer algo).
Pérdida de la Cosa Debida: La obligación se extingue si la cosa específica que debía entregarse se pierde o se vuelve imposible de entregar, ya sea por caso fortuito o fuerza mayor.
Condonación o Remisión de la Deuda: El acreedor renuncia a su derecho de cobrar la deuda, perdonándola total o parcialmente.
Confusión: Se produce cuando la calidad de acreedor y deudor recaen en la misma persona, lo que extingue la obligación porque no puede haber un derecho contra uno mismo.
Compensación: Ocurre cuando dos personas son recíprocamente acreedores y deudoras la una de la otra, extinguiéndose ambas deudas hasta el monto de la menor.
Novación: Es la sustitución de una obligación existente por una nueva, ya sea cambiando los sujetos de la relación o el objeto de la obligación, lo que extingue la obligación anterior.
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