GANANCIAS:
La devolución de lo retenido entre enero y mayo para quienes ganan menos de $150.000 brutos se hará en cinco cuotas a partir del mes de julio.
Como la mayoría de las empresas -quienes deberán abonarle a sus empleados las devoluciones- comienzan la liquidación de sueldos en la última semana del mes, se entiende que el monto por efecto retroactivo incluirá a los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo dado que no se llegará a dar con el próximo sueldo. Por eso se reflejará desde julio.
Según la ley 27.617 que aprobó el Congreso el 8 de abril, quedan por todo este año al margen del impuesto cerca de 1.270.000 de trabajadores y jubilados.