La menor tendrá tres progenitores
Por Aldana Paludi – Estudio Jurídico Dovis
Un tribunal reconoció judicialmente el vínculo parental socio afectivo entre una adolescente y el padre afín.
El juzgado de familia, le dio la posibilidad al pedido de su padre afín para que se la reconociera como su hija. La jueza, viendo el rol que ha cumplido con la adolescente, le dio lugar para tener 3 progenitores: sus papás biológicos y el padre afín. Ella decidió el orden de los apellidos: tendrá primero el de su papá afín, luego el del papá biológico y finalmente el de su madre.
La jueza entendió que era inconstitucional el artículo 558 del Código Civil y Comercial, que indica que no podemos tener más de 2 progenitores. Además vio que el padre afín había cumplido todos los requisitos para ser un papá presente y dedicado a la menor.