Menores ¿Imputables? ¿Cuáles penas?
• Por Gustavo Dovis
Muchas veces nos preguntamos qué sucede cuando un menor entra en conflicto con la ley penal, cuando comente un delito.
La ley 22278 nos refiere que el menor es punible a partir de los 16 años de edad, entre los 16 y 18 años recibe un tratamiento diferenciado a los mayores de edad.
Esa diferencia incluye un mayor espíritu de reinserción, es la meta del derecho penal juvenil que no apunta a lo punitivo sobre el menor, aun cuando el juez haya declarado su responsabilidad penal. Se le imponen requisitos, que si no cumplidos, puede ser que se lo prive de la libertad.
No obstante el fin primario del proceso penal juvenil no es la condena sino la rehabilitación, no solo en el ámbito nacional sino en Naciones Unidas y Convención de los Derechos del Niño.