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Muertes violentas en prisión, responsable la administración


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Rueda de prensa de la familia y APDHA ante el juicio por el fallecimiento ocurrido el 11 de junio de 2014 de un preso, a manos de otro preso, en la Prisión de Córdoba. A juicio de la Asociación, a la hora de analizar este fallecimiento debe ponerse en el centro no al autor material, sino a quién tuvo la responsabilidad de evitarlo, la Administración. Deben explicarnos cómo es posible que se produzcan fallecimientos violentos, dentro de su institución, que es de control total. Especialmente, cuando ya se conocía que el preso agresor era extremadamente peligroso (con más de 40 sanciones la inmensa mayoría por agresiones a internos y con una condena por asesinato con 28 puñaladas) y se encontraba clasificado en primer grado, en departamento especial. No se pretende evaluar desde un punto de vista jurídico lo sucedido, sino político-social.
En este régimen los reclusos son cacheados -pueden ser sometidos a desnudo integral- y sus celdas son registradas a diario; tienen derecho a tres horas diarias de salida al patio, lugar en el que no pueden coincidir más de dos personas. Actualmente, las visitas médicas son periódicas y no diarias como establecía la legislación anterior[3]. La instrucción que regula como deben actuar los funcionarios ante este tipo de presos con peligrosidad extrema afirma que los mismos deben ser objeto de control directo en todo momento, bien a través de seguimiento visual directo o por cámaras.
La Administración penitenciaria permitió que dos personas, agresor (enormemente violento) y víctima estuvieran solos entre 10 y 15 minutos fuera de cualquier tipo de control. Dichas imágenes, debieron haber sido grabadas, pero según informa la Administración por un error humano no se pudo realizar. Afirmación de error grave, cuanto menos sospechosa, que impide comprobar los hechos.
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KuartoscuroBy kuartoscuro