Emisión de CFDI por concepto nómina del ejercicio fiscal 2021. Regla 2.7.5.7. Los Contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2020 hayan emitido CFDI de nómina que contengan errores u omisiones en su llenado o en su versión podrán, única ocasión, corregir estos, siempre y cuando el nuevo comprobante que se elabore se emita mas tardar el 28 de febrero del 2021 y se cancelen los comprobantes que se sustituyen.