1. Nóminas
Débelos poner atención en varios temas:
a) Salario mínimo ajuste.
Debemos presentar modificaciones de salario ante el IMSS en caso de que sean mayores al mismo. En caso de tener trabajadores con salario mínimo se ajusta en automático.
De cualquier forma debemos revisar en el IDSE y aplicar las modificación en el SUA.
Asimismo, la recomendación de revisar si se cuenta con personal de salario mínimo profesional.
Adicional si contamos con personal en zona libre de la frontera norte.
b) Tarifas ISR.
El pasado 28 de diciembre se publicó la RMF para el ejercicio de 2026 y con ella su anexo 8 donde viene todas las tarifas de ISR aplicables a salarios y sus diferentes periodos.
Aplicar los cambios en los distintos sistemas de nómina que estemos utilizando.
c) Subsidio al empleo.
El pasado 31 de diciembre se publicó el decreto que modifica el susbsidio del 1 de mayo de 2024.
Artículo Segundo. Se otorga un subsidio para el empleo mensual a las personas trabajadoras cuyos ingresos mensuales no exceden a 11,492.66; excepto los percibidos por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por separación.
Esto corresponde al 15.02% de la UMA, aun cuando esta última se publica su actualización en febrero de cada año esto no surtirá modificación.
2. CFDI
La autoridad fiscal en el último año ha intensificado sus revisiones debido al uso de la Inteligencia Artificial para el cruce de información basado en los CFDI emitidos y recibidos por parte de los contribuyentes, y con las reformas al Código Fiscal de la Federación con la obligación que deben amparar operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales.
Con la reciente inversión que el gobierno federal realizó en el mes de octubre sobre sus sistemas y presumiendo su súper computadora todo indica que el programa de auditoría tanto directa como de gestión (cartas invitación, vigilancia profunda, entre otras) se intensificará, adicional a las específicas por el tema de CFDI.
Debemos ser muy cuidadosos en las claves del SAT que usemos para el emisión de dichos comprobantes y estás estén alineadas con nuestro objeto social y actividad reportada ante el IMSS.
Así como con los CFDI que recibimos.
Adicional a esto tener cuidado del uso de PUE queden pagadas en el mes de su emisión o recepción, en caso contrario que sean sustituidos.
En el caso de uso PPD que el complemento de pago sea emitido a más tardar el día 5 del mes siguiente.
3. RFC
Con las reformas al artículo 27 del Código Fiscal de la Federación debemos revisar la situación fiscal de socios, miembros del consejo, administradores únicos, comisarios, directores y representantes legales, cada uno de los meses para evitar que nos puedan cancelar el RFC o restringir el CSD.
En Velazquez Duran contamos con los expertos para estos y todos tus problemas fiscales, hemos denominado al 2026 el año del Compliance o Cumplimiento.