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6.- Actos judiciales voluntarios y atribuciones conexas


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En este episodio se estudia el concepto denominado "Jurisdiccion voluntaria", sin embargo, se debe tener claro que no es factible clasificar la jurisdicción, porque esta es una sola, el profesor correa HABLA DE "manifestaciones de jurisdicción."
Estas manifestaciones comprenden:
- LOS ACTOS JUDICIALES NO CONTECIOSOS: Definidos en el art. 2º del COT y 817 CPC.-
- ATRIBUCIONES CONEXAS DE JURISDICCION: Conservadoras - Disciplinarias - Económicas.
Las atribuciones conexas de los tribunales se establecen en el
Art. 3º del COT. Esto es lo siguiente:
"Los tribunales tienen, además, las facultades conservadoras, disciplinarias y económicas que a cada uno de ellos se asignan en los respectivos títulos de este Código".
A) FACULTADES CONSERVADORAS: Son de orden jurisdiccional, que tiene por finalidad y están asociadas a un principio constitucional.- Hay diversos ejemplos.
B) FACULTADES DISCIPLINARIAS: Tiene por objeto la compostura en los tribunales de justicia y en los debates judiciales y en el normal. Funcionamiento del poder judicial.
C) FACULTADES ECONOMICAS: Estas son aquellas que permiten a los tribunales adoptar medidas de orden general, que redundan en beneficio dela buena administración de justicia.
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ADSOL AbogadosBy Fernando Andres Lepiman