Esta semana, Fernanda Laiún repasa los alcances de la reciente Ley de Alivio Fiscal que condona deudas vencidas al 31 de agosto pasado siempre que sean inferiores a los $ 100.000 en total, para entidades religiosas, asociaciones, fundaciones, entidades civiles sin fines de lucro, entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios, MiPyMEs y personas humanas y sucesiones indivisas que sean consideras pequeños contribuyentes, incluyendo a los monotributistas. Además, comparte algunas recomendaciones impositivas para pequeños emprendedores que inician su actividad como monotributistas.