CENIIF 23: Las Compañías deben preparar la revelación del impuesto a las ganancias, incluidos los juicios significativos y cualquier elemento de importancia relativa, teniendo en cuenta sus mediciones posteriores, en donde cualquier cambio en los hechos y circunstancias debe contabilizarse como un cambio en la estimación contable de acuerdo con la NIC 8 (Políticas contables), aplicando la NIC 12 y la NIC 37 a posibles multas e intereses.