Audio Ley Aduanera

Articulo 191 Ley Aduanera México


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Se aplicarán las siguientes sanciones a quien cometa las infracciones establecidas en el artículo 190 de esta Ley:

l.Multa de $20,740.00 a $31,110.00, tratándose de las señaladas en las fracciones l y Il.



II.Multa de $41,480.00 a $62,210.00, tratándose de la señalada en la fracción III.



IIl.Multa de $4,150.00 a $6,210.00, tratándose de la señalada en la fracción IV.



IV.Multa de $82,950.00 a $124,420.00, tratándose de la señalada en la fracción V, independientemente de las sanciones a que haya lugar por la comisión de delitos.



A los infractores que aporten a los fondos a que se refiere el artículo 202 de esta Ley, una cantidad equivalente a la multa que se les imponga en los términos de este artículo, se les tendrá por liberados de la obligación de pagar dicha multa.



Federal de México Artículo 191 Ley Aduanera
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Audio Ley AduaneraBy CUEJ Centro Universitario