Rentas y tributación de los servicios: Estas rentas se califican como rentas empresariales y por lo tanto solamente serán gravadas en el primero de ellos en virtud del artículo 7 de los convenios.
Rentas y tributación de los servicios: Estas rentas se califican como rentas empresariales y por lo tanto solamente serán gravadas en el primero de ellos en virtud del artículo 7 de los convenios.