Según la sentencia de 7 de julio de 2025, se considera a J.E.M. penalmente responsable de un delito de asesinato, con la concurrencia de parentesco y discriminación de razón de género.
También señala la atenuante de confesión durante el juicio con jurado popular que se celebró en la Audiencia provincial de Cuenca el pasado mes de mayo.
Ese jurado, compuesto por cinco hombres y cuatro mujeres, declaró culpable por unanimidad al ahora condenado después de una deliberación de menos de tres horas.
Entonces, según se informó en su momento, se consideró probado la muerte de la mujer como consecuencia de las cuchilladas que le asestó.
Así las cosas, la sentencia también añade como penas accesorias la privación de la patria potestad, la prohibición de comunicarse por cualquier medio o acercarse a menos de 500 metros de sus tres hijos durante 33 años y 9 meses, así como la privación de la patria potestad.
Asimismo, se acuerda la expulsión del territorio nacional del condenado, de nacionalidad marroquí y en la actualidad en prisión provisional, comunicada y sin fianza, tras el cumplimiento íntegro de todas las penas de prisión impuestas en la sentencia, y que se adelantaría en caso de acceder al tercer grado penitenciario o a la libertad condicional.
Responsabilidad civil
Asimismo, en materia de responsabilidad civil, J.E.M., deberá indemnizar a cada uno de sus tres hijos con 331.500 euros, y con 420.000 euros para los familiares de la fallecida, su madre y hermanos, en cantidades que van de los 30.000 a los 100.000 euros.
Los hechos se remontan al 2 de mayo de 2022 cuando el hombre, de 38 años entonces, asesinó a su esposa de 43 en presencia de sus tres hijos menores de cinco, cuatro y dos años en su vivienda de Tarancón.