La transparencia en los protocolos de acoso escolar no es una opción discrecional de los centros educativos, sino un derecho legal de las familias y una obligación jurídica ineludible. La normativa vigente en España establece que la comunicación con los progenitores es esencial para la protección efectiva del menor y el correcto funcionamiento del sistema educativo. El marco legal, sustentado principalmente en la Ley 39/2015 y la Ley 19/2013, define a las familias como "interesados" en el procedimiento, otorgándoles derechos específicos de acceso a la información. La confusión entre confidencialidad y opacidad constituye un error jurídico grave que puede derivar en negligencia, revictimización y responsabilidades penales para las instituciones.