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En este podcast analizaremos la sentencia Nro. 282-13-JP/19. La sentencia analizó la falta de titularidad de derechos constitucionales por parte de instituciones del Estado. La mayoría de la Corte evaluó y declaró que, los jueces que conozcan acciones de protección, presentadas por el Estado, deberán tener presente que no son titulares de derechos inherentes a la dignidad humana, quedando abierta la posibilidad de que el Estado presente acciones constitucionales únicamente sobre derechos de contenido procesal. Escucha un análisis más detallado en este episodio
By Universidad Técnica Particular de LojaEn este podcast analizaremos la sentencia Nro. 282-13-JP/19. La sentencia analizó la falta de titularidad de derechos constitucionales por parte de instituciones del Estado. La mayoría de la Corte evaluó y declaró que, los jueces que conozcan acciones de protección, presentadas por el Estado, deberán tener presente que no son titulares de derechos inherentes a la dignidad humana, quedando abierta la posibilidad de que el Estado presente acciones constitucionales únicamente sobre derechos de contenido procesal. Escucha un análisis más detallado en este episodio