El SAT no siempre puede exigirte materialidad.
Esta semana se publicaron dos tesis aisladas relevantes para la defensa de los contribuyentes:
1. Si una persona no está obligada a llevar contabilidad, tampoco puede exigírsele acreditar la materialidad de sus operaciones para aplicar la presunción fiscal analizada.
Tesis II.2o.A.75 A (11a.)
Registro digital: 2032572.
2. Si el notario retuvo el ISR, pero no lo enteró al fisco, su incumplimiento no puede impedir la devolución al contribuyente.
Tesis II.2o.A.74 A (11a.)
Registro digital: 2032559.
Además, el Pleno de la SCJN aclaró que exigirle a la autoridad el cumplimiento de una sentencia no amplía los plazos, no prorroga sus facultades ni le permite emitir resoluciones indefinidamente.
Amparo en revisión 19/2026.
Importante: las dos tesis son aisladas, no jurisprudencia, y su aplicación depende de las circunstancias de cada caso.