Los préstamos referenciados al IRPH pueden catalogarse de engaño financiero por los siguientes motivos: las entidades emitían publicidad totalmente contraria a lo que suponían estos índices de referencia, las personas que comercializaban estos productos raramente sabían lo que hacían. Y, finalmente, quienes los contrataban no sabían qué firmaban. Pero, si los jueces no entienden en qué consiste el engaño, ya no tenemos un simple engaño financiero, tenemos el engaño financiero perfecto.