La Reforma Parcial de la Ley del Impuesto al Valor Agregado que establece una alícuota adicional de entre 5% y 25% a los bienes y servicios pagados en moneda extranjera o en criptomonedas diferentes al petro fue publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.507 del 29 de enero de 2020.
Daniel Betancourt, abogado especializado en temas tributarios destaca que es necesaria la publicación del reglamento de la ley para precisar algunos aspectos. “La reforma de la Ley del IVA no previó los casos en que un bien o servicio sea cancelado de manera mixta, es decir, en moneda extranjera y en bolívares o en moneda extranjera y Petros, éste es un escenario sin resolver que revela la complejidad en la aplicación de la reforma a la ley”, afirmó.
Otro aspecto que aún debe precisarse es la alícuota exacta que se aplicará a cada bien o servicio pagado en dólares, euros, pesos y cualquier otra moneda, en ese rango de entre 5% y 25% que establece la norma.