El artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores regula la modificación sustancial de las condiciones de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Con la reforma introducida por Real Decreto-Ley 3/2012, convalidada por la Ley 3/2012, incluye entre las materias susceptibles de modificación unilateral por parte del empresario la cuantía salarial, de modo que es posible que el trabajador vea reducido su salario mientras permanecen inalteradas el resto de sus condiciones laborales.