En el marco de un acuerdo de juico abreviado, el juez de audiencia de juicio de General Pico, Federico Pellegrino, condenó a cinco personas por el delito de coacción agravada y privación ilegal de libertad agravada, por el hecho ocurrido en la Alcaidía UR-II de la ciudad de General Pico, el 26 de julio del año pasado.
Resultaron condenados como coautores materiales y penalmente responsables de los delitos de coacción agravada y privación ilegal de libertad agravada en primer lugar Gastón Exequiel Quintero, de 22 años, condenado a la pena de cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento.
También Marcos Ariel Navarro, de 27 años, fue condenado a la pena de cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento. La misma le fue unificada con una pena anterior, impuesta el 19 de abril 2022 y compone la pena única de ocho años de prisión de efectivo cumplimiento, manteniendo su condición de reincidente.
Además a Miguel Alberto Pérez, de 26 años, lo condenó a la pena de tres años y nueve meses de prisión de efectivo cumplimiento. La misma le fue unificada con una pena anterior, de fecha 02 de septiembre de 2020 y compone la pena única de nueve años de prisión de efectivo cumplimiento, declarándolo reincidente.
A Nicolás José Mignola, de 26 años, se lo condenó a la pena de tres años y nueve meses de prisión de efectivo cumplimiento, manteniendo su condición de reincidente.
Y a Nicolás Nahuel Lopresto, de 29 años, a la pena de tres años y nueve meses de prisión de efectivo cumplimiento, la que le fue unificada con una pena anterior, impuesta con fecha 15 de septiembre de 2021 y compone la pena única de tres años y nueve meses de prisión de efectivo cumplimiento.
Por otro lado, a pedido de las partes en el acuerdo, el juez absolvió a otros tres detenidos imputados por la aplicación del art. 6 del C.P.P- beneficio de la duda-.