El abogado penalista y asesor jurídico del Sindicato de Funcionarios Policiales de Montevideo, Andrés Ojeda, dijo a Informativo Carve que el límite al derecho de reunión es un cambio legal que “tiene más que ver con una cuestión de mensaje que con un cambio sustantivo en la manera de proceder de la policía en forma diaria”.
Dijo que el sindicato nunca reclamó que la definición de aglomeración incluyera un número porque esto es solo un componente “y se puede prestar para lo ridículo”.
“En la medida en la que el número no es el único componente de la definición de aglomeración, ponerle un número hubiese sido un problema”.
Ojeda consideró que la Policía tomó este rol con responsabilidad, que desde marzo ha tenido un “rol clave en la pandemia” y que en este año en el que se la puso a prueba “salvó el examen con nota”.