Un buen número de licencias concedidas por el ayuntamiento de Puntagorda entre 2004 y 2006 eran a la normativa urbanística. Con estas licencias, se otorgaron también derechos edificatorios que no cumplían requisitos esenciales exigidos por la ley en un suelo rústico de protección territorial. En ese suelo únicamente se permitían usos muy concretos: construcciones provisionales y con materiales fácilmente desmontables. Sin embargo, las licencias autorizaban cuartos de aperos, depósitos de agua, vallados, ampliaciones o transmisiones de licencias que por su naturaleza, dimensiones o forma constructiva, no podían considerarse provisionales ni desmontables, y por tanto no encajaban en el régimen del suelo.