🎙️ Título: Revocación del permiso de residencia de larga duración y ausencia prolongada: cuando la enfermedad justifica el regreso tardío a Italia Soy el abogado Fabio Loscerbo, y este es un nuevo episodio del pódcast Derecho de la Inmigración.
Hoy analizamos una sentencia del Tribunal Administrativo Regional de Friuli Venezia Giulia, Sección Primera, número 381 de 2025, publicada el 13 de septiembre de 2025, que aborda un tema crucial: la revocación del permiso de residencia de larga duración por ausencia del territorio de la Unión Europea superior a doce meses consecutivos. El caso se refiere a un ciudadano tunecino, residente en Italia desde 2001, titular de un permiso de residencia de larga duración por motivos de trabajo subordinado.
La Jefatura de Policía de Pordenone revocó su permiso alegando que el interesado había permanecido en Túnez durante más de un año consecutivo, entre 2017 y 2019.
Al mismo tiempo, rechazó la solicitud de actualización del documento de residencia, considerando irrelevante la documentación médica presentada para justificar la ausencia, motivada por una grave enfermedad que había requerido tratamientos prolongados. El solicitante recurrió la decisión, alegando que la Administración no había tenido en cuenta sus justificaciones y que la medida violaba los principios de proporcionalidad, razonabilidad y protección de la vida privada y familiar, así como los derechos fundamentales garantizados por la Constitución y los convenios internacionales. El TAR Friuli Venezia Giulia, mediante la sentencia número 381 de 2025, estimó el recurso y anuló la decisión de la Jefatura de Policía.
El Tribunal aclaró que el artículo 9, párrafo 7, letra d), del Decreto Legislativo 286 de 1998 — que prevé la revocación del permiso de residencia de larga duración en caso de ausencia de la Unión Europea durante más de doce meses — no puede aplicarse de manera automática.
La Administración tiene la obligación de valorar si existen motivos graves y documentados, como las condiciones de salud, que puedan justificar la ausencia prolongada. El juez subrayó que una interpretación rígida de la norma entraría en conflicto con el principio de igualdad sustancial y con el enfoque inclusivo que caracteriza el estatuto jurídico del extranjero.
Además, aplicar la revocación de forma mecánica implicaría ignorar el derecho a la vida privada y familiar, que merece una protección efectiva también para quienes residen legalmente en Italia desde hace muchos años. Por todo ello, el TAR anuló la revocación y ordenó a la Administración reexaminar la situación del solicitante, valorando la documentación médica y verificando si las condiciones de salud podían justificar legítimamente el período de ausencia.
Las costas del proceso fueron compensadas debido al contraste jurisprudencial existente sobre la materia. Esta decisión reafirma un principio fundamental: el permiso de residencia de larga duración no puede ser revocado automáticamente.
Cada caso debe evaluarse individualmente, especialmente cuando se trata de enfermedades graves u otras circunstancias excepcionales que justifican una ausencia temporal del territorio nacional. Esto fue Derecho de la Inmigración.
Soy el abogado Fabio Loscerbo, y los invito a seguir los próximos episodios.