Con objeto de cuadrar la reforma constitucional al artículo 19, que trata de la prisión preventiva oficiosa, es decir, que se puede dar prisión sin mediar un procedimiento. la autoridad está declarando como falsos los comprobantes fiscales, es decir, adiciona un requisito al artículo 29, a donde los comprobantes deben a parar operaciones verdaderas y existentes, es decir, se propone que estas comprobantes fiscales sean aquellos que amparan operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales, es decir, tenemos que tener mucho cuidado con la materialidad de las operaciones de las cuales emitimos, porque el propio comprobante fiscal digital va a ser la declaración bajo protesta, de decir verdad, que estamos emitiendo comprobantes con operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales.