La situación de más de 2000000 de personas que viven de alquiler en España está marcada por la incertidumbre. El nuevo decreto ley aprobado por el Gobierno, que permite pedir una prórroga automática del contrato con un tope del 2% en la subida de la renta, ha generado un profundo embrollo jurídico. La medida, en vigor desde el 22 de marzo pero pendiente de convalidación en el Congreso, ha abierto, según ha analizado Sergio Barbosa en 'Herrera en COPE', una ventana de oportunidad para los inquilinos, pero también un mar de dudas para los propietarios.
La aprobación de la norma no ha estado exenta de polémica dentro del propio Ejecutivo. Los ministros de SUMAR se plantaron y amenazaron con no entrar en la reunión del consejo de ministros si no se incluía la protección a los inquilinos como decreto ley. A pesar de que el PSOE era reticente, consciente de la falta de apoyos parlamentarios, finalmente cedió para mantener la paz en la coalición. Este origen conflictivo es la causa de la tremenda inseguridad jurídica actual, ya que la medida podría decaer a finales de abril si no logra el respaldo de la Cámara.
Ante este escenario, algunas figuras políticas, como el portavoz de Esquerra Republicana, Gabriel Rufián, han animado a los inquilinos a actuar. Desde el Congreso de los Diputados, Rufián aconsejó: "Enviad ya un burofax a vuestros caseros diciendo que os acogéis a la prórroga, porque aunque el decreto decaiga [...] hay posibilidad de batallarlo judicialmente si enviáis este burofax". Este consejo evidencia que ni sus propios impulsores tienen todas las garantías, apostando por una posible batalla en los tribunales.
Para arrojar luz sobre este embrollo, el programa 'Herrera en COPE' ha contado con la intervención de Matilde Cuena, catedrática de derecho civil, quien ha calificado el decreto como "un poco un despropósito", dada la conocida falta de apoyos para su aprobación. La experta ha sido clara al explicar qué inquilinos pueden realmente beneficiarse de la medida y cuáles no, desentrañando la compleja situación legal que se ha generado.
Según Cuena, la clave reside en el momento exacto en que finaliza el contrato. La catedrática sostiene que solo "los contratos que venzan dentro del período de entrada en vigor de este decreto, los que venzan, estos tendrán, podrán beneficiarse de la prórroga". Sin embargo, para aquellos contratos que expiren en el futuro, una vez que la norma haya sido previsiblemente derogada por el Congreso, la solicitud de prórroga no tendrá efecto. "Ese derecho se produce, se genera, una vez que el contrato ya ha vencido dentro del período de vigencia del decreto", ha sentenciado.
Forzar que una norma no convalidada produzca efectos futuros supondría, en palabras de Cuena, una situación de "altísimo riesgo constitucional" y un "fraude constitucional", ya que el Gobierno estaría legislando sin el aval de las Cortes Generales. "Un decreto que no obtiene el aval de las Cortes Generales, que son las legitimadas para legislar, pues resulta que podría estar produciendo efectos una vez ya derogado a casos en los cuales el contrato todavía no ha vencido", ha argumentado la experta.
A la pregunta de qué deben hacer los caseros, la recomendación de Matilde Cuena es clara. Si el contrato vence mientras el decreto está en vigor, la prórroga es obligatoria para el arrendador. Pero si el vencimiento es posterior a la previsible derogación de la norma, el consejo a los arrendadores es "esperar a ver si este este decreto se ha convalidado o no", ya que solo si se convalida, las prórrogas solicitadas serán eficaces.
Finalmente, la catedrática ha hecho una reflexión sobre el impacto de estas decisiones en el sector. "No es razonable que se legisle de esta manera, provocando la litigiosidad judicial, generando esta inseguridad jurídica en el mercado del alquiler, que es al final la que está destruyendo el mercado". Para Cuena, esta forma de actuar responde a "planteamientos bastante populistas" para captar votos, que desprotegen a los colectivos más vulnerables y empeoran la situación de la vivienda.
El último punto de fricción es la fecha límite para la convalidación. Mientras que la ley establece 30 días naturales, lo que situaría la fecha en torno al 20 de abril, el Gobierno podría argumentar que son días hábiles, alargando el plazo hasta el día 30 y, con ello, la ventana de oportunidad para los contratos que venzan en ese intervalo. Una diferencia de diez días que, para muchos, es crucial.