Podcast Constitucional

Sentencias solo pueden aclararse si hay algún error material u omisión en que se hubiese incurrido.


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El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente el pedido de nulidad, entendido como pedido de aclaración formulado por Juan de Dios Monteagudo Rojas, porque de acuerdo a lo previsto en el artículo 121 del Código Procesal Constitucional, solo puede aclarar algún concepto o subsanar cualquier error material u omisión en que hubiese incurrido en sus sentencias.

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Podcast ConstitucionalBy Tribunal Constitucional del Perú