
Sign up to save your podcasts
Or
Conforme a la sentencia, recaída en los expedientes 00008-2021-PI/TC y 00012-2022-PI/TC, el Pleno del Tribunal Constitucional señaló que la regulación por parte del legislador de un supuesto en el que considera que no es aplicable la prisión preventiva o detención preliminar, en la medida en que el agente de la Policía Nacional actúe en cumplimiento de sus funciones y utilice su arma de manera reglamentaria, no es inconstitucional, por cuanto su finalidad es garantizar otros bienes constitucionales protegidos (como la función policial o el deber de protección de la población).
Conforme a la sentencia, recaída en los expedientes 00008-2021-PI/TC y 00012-2022-PI/TC, el Pleno del Tribunal Constitucional señaló que la regulación por parte del legislador de un supuesto en el que considera que no es aplicable la prisión preventiva o detención preliminar, en la medida en que el agente de la Policía Nacional actúe en cumplimiento de sus funciones y utilice su arma de manera reglamentaria, no es inconstitucional, por cuanto su finalidad es garantizar otros bienes constitucionales protegidos (como la función policial o el deber de protección de la población).