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El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ordenó al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) que permita a los padres de una niña de 8 años, determinar de común acuerdo el orden de los apellidos de la menor, y en caso de que ello no ocurra la decisión será adoptada por el órgano judicial competente, en un plazo máximo de cinco días hábiles de admitido el caso, y tras una entrevista personal a la niña, considerando el principio de interés superior del niño.
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ordenó al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) que permita a los padres de una niña de 8 años, determinar de común acuerdo el orden de los apellidos de la menor, y en caso de que ello no ocurra la decisión será adoptada por el órgano judicial competente, en un plazo máximo de cinco días hábiles de admitido el caso, y tras una entrevista personal a la niña, considerando el principio de interés superior del niño.