Apuntes Jurídicos

Testamentos y contratos de arrendamiento: lo que debes saber


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En la última edición de nuestros Apuntes Jurídicos con los expertos de RASL Abogados, Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos, abordamos dos de los temas más consultados por nuestros oyentes: los testamentos y los contratos de arrendamiento.

¿Se puede desheredar a un hijo en un testamento?

Uno de los temas legales más delicados es la posibilidad de desheredar a un hijo en un testamento. Según la ley civil vasca, si existen más de un hijo, no es necesario justificar la desheredación. Esto otorga una gran libertad a los padres a la hora de distribuir sus bienes. Sin embargo, si se trata de un único hijo, las razones deben estar muy bien fundamentadas, ya que la ley exige una causa justificada y no es válido simplemente por motivos subjetivos o personales.

Los expertos mencionan que las razones válidas para desheredar a un hijo pueden incluir casos de abandono familiar, maltrato o falta de relación continua. En estos casos, se debe acreditar adecuadamente la causa para evitar que el testamento sea impugnado. Es fundamental consultar con un abogado especializado para asegurarse de que todo esté correctamente planteado y respaldado por pruebas.

¿Te piden dejar tu alquiler porque lo reclaman para un hijo?

En cuanto a los contratos de arrendamiento, una oyente compartió una situación común: su arrendador le pidió que dejara la vivienda para que su hijo pudiera mudarse, a pesar de que no figuraba en el contrato.

La ley actual exige que antes de iniciar un proceso judicial de desahucio, se realice un intento de conciliación. Esto no solo puede ayudar a resolver el conflicto de manera más rápida y amistosa, sino que también es necesario como paso previo en caso de que el arrendador decida iniciar una demanda legal.

Sin embargo, la situación del contrato de arrendamiento juega un papel crucial. Si el contrato fue firmado después de 2019, y la cláusula que permite que el propietario recupere la vivienda para él o un familiar no está especificada en el contrato, el arrendador no tiene derecho a pedir el desahucio. En cambio, si el contrato es anterior a 2019 y esa cláusula está presente, el arrendador podría tener derecho a solicitar la devolución de la vivienda, siempre y cuando se trate de situaciones justificadas como un divorcio o una necesidad urgente de vivienda.

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Apuntes JurídicosBy RASL Abogados