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Or
El Tribunal Constitucional declaró fundada en parte la demanda de habeas corpus colectivo presentada contra Rutas de Lima SAC y ordenó a esta empresa suspender el cobro del peaje en Puente Piedra, por haberse vulnerado el derecho fundamental al libre tránsito de los residentes de Puente Piedra y de los usuarios que circulan por esa vía concesionada.
El Tribunal Constitucional declaró fundada en parte la demanda de habeas corpus colectivo presentada contra Rutas de Lima SAC y ordenó a esta empresa suspender el cobro del peaje en Puente Piedra, por haberse vulnerado el derecho fundamental al libre tránsito de los residentes de Puente Piedra y de los usuarios que circulan por esa vía concesionada.