Esta semana presentamos el resumen de una pieza titulada How China Lends: A rare look into one hundred debt contracts with foreign governments, publicado en marzo de 2021 por Anna Gelpern y un grupo de colaborados, gracias al patrocinio de AIDDATA, Kiel Institute for The World Economy, Center for Global Development y Peterson Institute for International Economics.
El artículo concluye que existen tres rasgos esenciales que diferencian los acuerdos crediticios chinos del resto de sus homólogos internacionales, y estos son: las cláusulas de confidencialidad inusuales; la exigencia de colaterales que controlan ingresos y activos de los deudores; y las cláusulas de cancelación, aceleración y estabilización que les dan a estos prestamistas la posibilidad de influenciar en las políticas internas y externas del país deudor.