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Con la publicación del RD 726/2020, del 4 Agosto, por el que se modifica el Reglamento de armas, aprobado por el RD 137/1993, de 29 de enero es necesario hacer este programa para recapitular conceptos.
También te puede interesar el anterior programa en el que hablábamos de las categorías de armas, un programa más genérico y complementario a este que no deberías dejar de escuchar:
► Clasificación de armas
Recuerda que
Corresponde examinar los asuntos que vayan a someterse a aprobación del Consejo de Ministros a la Comisión General de Secretarios de Estados y Subsecretarios. Ver fuente.
Obviamente no vamos a comentar al 100% las modificaciones porque no todas abarcan nuestro temario. Por ese motivo, hemos decidido hacer una selección de lo que creemos más importante y que de seguro nos afectan directamente
Si alguno os habéis parado a leer el RD habréis visto la primera modificación, y será por donde empezamos nosotros, con la alusión que hace a pieza fundamental o piezas fundamentales hechas a componente esencial o componentes esenciales.
Una pieza es todo elemento o elemento de repuesto específicamente concebido para un arma de fuego e indispensable para su funcionamiento y todo dispositivo, concebido o adaptado para disminuir el sonido causado por el disparo de un arma de fuego.
Con el tema de componentes esenciales, diferencia arma corta y arma larga:
Algo muy importante y por lo que estos componentes tienen tanta importancia es por ser considerados como objetos separados, tendrán el mismo régimen jurídico que las armas de las que formen parte, incluidos en la categoría en que se haya clasificado el arma en la que se monten o vayan a ser montados.
En el RD hay, si no nos equivocamos, unas 37 definiciones, y como comprenderéis, no podemos decirlas todas ya que el programa duraría demasiado, así que vamos con las mas destacables:
Equipara las definiciones de IMITACIÓN Y RÉPLICA: objeto que por su apariencia física o características externas puede inducir a confusión sobre su auténtica naturaleza, aunque no pueda transformarse en un arma.
Localización o trazabilidad: aquí vemos que TRAZABILIDAD es añadido como sinónimo de LOCALIZACIÓN; rastreo sistemático de las armas de fuego y, de ser posible, de sus componentes esenciales y municiones, desde el fabricante hasta el comprador, con el fin de ayudar a las autoridades competentes a detectar, investigar y analizar la fabricación y el tráfico ilícitos.
Seguidamente tenemos las definiciones de municiones que bueno, ahí creo que no hay mucho cambio, luego define museo y nos paramos en el siguiente, en REPRODUCCIÓN, que el cambio es que ya no se considera sinónimo de RÉPLICA: Arma que es copia de otra original, reuniendo todas sus características, aptitudes y posibilidades de uso.
Las definiciones nuevas son la de Museo, residente, coleccionista, arma inutilizada, arma asimilada a arma de fuego, arma acústica y arma de salvas y por último arma de alarma y señales.
Frente a la anterior que eran 7, ahora son 9, pero no alarmarse, que son muy fáciles, y también ahora en la 7º añaden la 7.6 que cogen a las armas de alarma y señales y pistolas lanzabengalas.
Las dos nuevas categorías son:
La 8º categoría: armas acústicas y de salvas
La 9ª categoría: armas inutilizadas.
GUÍAS DE PERTENENCIA Y CIRCULACIÓN
Como han añadido nuevas categorías han tocado un poco el tema de las guías pero lo nuevo es simplemente haber metido la 8º como obligatoria, así que las armas acústicas y de salvas tienen que tener guía de pertenencia, quedando de la siguiente manera:
Las armas que precisen guía de pertenencia, pasarán revista cada cinco años
El personal FFCCS, en el mes de abril ante las autoridades de que dependan. Los funcionarios afectos al servicio exterior, durante el indicado mes de abril, ante el correspondiente Jefe de Misión, quien lo comunicará seguidamente al Ministerio de Asuntos Exteriores. Este, a su vez, lo comunicará inmediatamente a la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Guardia Civil.
Los poseedores de licencia C pasarán revista durante el mes de mayo ante la Intervención de Armas correspondiente.
Todos los demás titulares de guías de pertenencia, en las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil, dentro del mes correspondiente a la renovación de la licencia.
El hecho de no pasar dos revistas consecutivas será causa de anulación y retirada de la guía de pertenencia.
Respecto al tema de las armas prohibidas, en el RD hay una lista de lo que no quiere que tenga nadie que no sea un funcionario especialmente habilitado, lo mas importante es:
De aquí saltamos a la sección 6 donde nos habla de la Intervención e Inspección, donde nos dice que el Registro Nacional de Armas radica en la Intervención Central de Armas y Explosivos de la DGGC. Este Registro contendrá toda la información necesaria para la trazabilidad e identificación de las armas, incluidos los siguientes datos:
a) El tipo, la marca, el modelo, el calibre y el número de serie de cada arma y el marcado aplicado en su armazón o cajón de mecanismos como marcado único.
b) El número de serie o marcado único aplicado en los componentes esenciales, cuando éste difiera del marcado del armazón o la caja de mecanismos de cada arma de fuego;
c) El nombre y dirección de los proveedores y de las personas que adquieran o posean el arma, así como la fecha o las fechas correspondientes,
d) Toda transformación o modificación de un arma que dé lugar a un cambio de categoría o subcategoría, incluida su inutilización o destrucción certificadas y la fecha o fechas correspondientes.
Real Decreto 726/2020, de 4 de agosto, por el que se modifica el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero.
Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.
¿Cómo puedo tener, de manera legal, 12 armas paintball, accionadas por muelle?
Siguiente programa: vecindad civil.
La entrada Cambios y novedades en el reglamento de armas se publicó primero en OPN Policía Nacional.
By oposicionespolicianacional.comCon la publicación del RD 726/2020, del 4 Agosto, por el que se modifica el Reglamento de armas, aprobado por el RD 137/1993, de 29 de enero es necesario hacer este programa para recapitular conceptos.
También te puede interesar el anterior programa en el que hablábamos de las categorías de armas, un programa más genérico y complementario a este que no deberías dejar de escuchar:
► Clasificación de armas
Recuerda que
Corresponde examinar los asuntos que vayan a someterse a aprobación del Consejo de Ministros a la Comisión General de Secretarios de Estados y Subsecretarios. Ver fuente.
Obviamente no vamos a comentar al 100% las modificaciones porque no todas abarcan nuestro temario. Por ese motivo, hemos decidido hacer una selección de lo que creemos más importante y que de seguro nos afectan directamente
Si alguno os habéis parado a leer el RD habréis visto la primera modificación, y será por donde empezamos nosotros, con la alusión que hace a pieza fundamental o piezas fundamentales hechas a componente esencial o componentes esenciales.
Una pieza es todo elemento o elemento de repuesto específicamente concebido para un arma de fuego e indispensable para su funcionamiento y todo dispositivo, concebido o adaptado para disminuir el sonido causado por el disparo de un arma de fuego.
Con el tema de componentes esenciales, diferencia arma corta y arma larga:
Algo muy importante y por lo que estos componentes tienen tanta importancia es por ser considerados como objetos separados, tendrán el mismo régimen jurídico que las armas de las que formen parte, incluidos en la categoría en que se haya clasificado el arma en la que se monten o vayan a ser montados.
En el RD hay, si no nos equivocamos, unas 37 definiciones, y como comprenderéis, no podemos decirlas todas ya que el programa duraría demasiado, así que vamos con las mas destacables:
Equipara las definiciones de IMITACIÓN Y RÉPLICA: objeto que por su apariencia física o características externas puede inducir a confusión sobre su auténtica naturaleza, aunque no pueda transformarse en un arma.
Localización o trazabilidad: aquí vemos que TRAZABILIDAD es añadido como sinónimo de LOCALIZACIÓN; rastreo sistemático de las armas de fuego y, de ser posible, de sus componentes esenciales y municiones, desde el fabricante hasta el comprador, con el fin de ayudar a las autoridades competentes a detectar, investigar y analizar la fabricación y el tráfico ilícitos.
Seguidamente tenemos las definiciones de municiones que bueno, ahí creo que no hay mucho cambio, luego define museo y nos paramos en el siguiente, en REPRODUCCIÓN, que el cambio es que ya no se considera sinónimo de RÉPLICA: Arma que es copia de otra original, reuniendo todas sus características, aptitudes y posibilidades de uso.
Las definiciones nuevas son la de Museo, residente, coleccionista, arma inutilizada, arma asimilada a arma de fuego, arma acústica y arma de salvas y por último arma de alarma y señales.
Frente a la anterior que eran 7, ahora son 9, pero no alarmarse, que son muy fáciles, y también ahora en la 7º añaden la 7.6 que cogen a las armas de alarma y señales y pistolas lanzabengalas.
Las dos nuevas categorías son:
La 8º categoría: armas acústicas y de salvas
La 9ª categoría: armas inutilizadas.
GUÍAS DE PERTENENCIA Y CIRCULACIÓN
Como han añadido nuevas categorías han tocado un poco el tema de las guías pero lo nuevo es simplemente haber metido la 8º como obligatoria, así que las armas acústicas y de salvas tienen que tener guía de pertenencia, quedando de la siguiente manera:
Las armas que precisen guía de pertenencia, pasarán revista cada cinco años
El personal FFCCS, en el mes de abril ante las autoridades de que dependan. Los funcionarios afectos al servicio exterior, durante el indicado mes de abril, ante el correspondiente Jefe de Misión, quien lo comunicará seguidamente al Ministerio de Asuntos Exteriores. Este, a su vez, lo comunicará inmediatamente a la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Guardia Civil.
Los poseedores de licencia C pasarán revista durante el mes de mayo ante la Intervención de Armas correspondiente.
Todos los demás titulares de guías de pertenencia, en las Intervenciones de Armas de la Guardia Civil, dentro del mes correspondiente a la renovación de la licencia.
El hecho de no pasar dos revistas consecutivas será causa de anulación y retirada de la guía de pertenencia.
Respecto al tema de las armas prohibidas, en el RD hay una lista de lo que no quiere que tenga nadie que no sea un funcionario especialmente habilitado, lo mas importante es:
De aquí saltamos a la sección 6 donde nos habla de la Intervención e Inspección, donde nos dice que el Registro Nacional de Armas radica en la Intervención Central de Armas y Explosivos de la DGGC. Este Registro contendrá toda la información necesaria para la trazabilidad e identificación de las armas, incluidos los siguientes datos:
a) El tipo, la marca, el modelo, el calibre y el número de serie de cada arma y el marcado aplicado en su armazón o cajón de mecanismos como marcado único.
b) El número de serie o marcado único aplicado en los componentes esenciales, cuando éste difiera del marcado del armazón o la caja de mecanismos de cada arma de fuego;
c) El nombre y dirección de los proveedores y de las personas que adquieran o posean el arma, así como la fecha o las fechas correspondientes,
d) Toda transformación o modificación de un arma que dé lugar a un cambio de categoría o subcategoría, incluida su inutilización o destrucción certificadas y la fecha o fechas correspondientes.
Real Decreto 726/2020, de 4 de agosto, por el que se modifica el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero.
Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.
¿Cómo puedo tener, de manera legal, 12 armas paintball, accionadas por muelle?
Siguiente programa: vecindad civil.
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