Condiciones de bioseguridad en el sector privado de la salud.
Natalia y Marina son cardiólogas que trabajan en un centro de salud privado de la ciudad de Córdoba. A finales de abril recibieron el aviso de que su lugar de trabajo volvería a abrir sus puertas para recibir pacientes, otorgando turnos espaciados para evitar el aglomeramiento de personas.
Al consultar por los elementos de bioseguridad, esenciales para la atención de pacientes en el marco de la pandemia de COVID-19, les dijeron que ellas debían poveerse de los mismos, que el centro de salud no podía otorgarlos.
Esta situación es contraria a la exigida por el Consejo Médico de la Provincia de Córdoba, quien en su Resolución 847/2020, del 16 de abril del corriente, resuelve:
- Exigir al Estado y a los efectores privados de salud la provisión en tiempo y forma de elementos de protección personal a ser utilizados por matriculados en el ejercicio de la profesión en el marco de la actual emergencia sanitaria.
- Recomendar el estricto cumplimiento de las recomendaciones del COE por los matriculados en la Entidad, dando amplia difusión a las mismas.