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By Raymond J. Orta MartínezNewsEducationGovernmentDaily News
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  • Sumario de la Gaceta Oficial del 21 de diciembre de 2021 Número 42.281
    Sumario de la Gaceta Oficial del 21 de diciembre de 2021 Número 42.281

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    Caracas, martes 21 de diciembre de 2021 Número 42.281
    SUMARIO
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA LA DEFENSA
    Resoluciones mediante las cuales se designa a las
    ciudadanas y ciudadanos Profesionales Militares que en
    ellas se mencionan, para ocupar los cargos que en ellas
    se especiican, de este Ministerio.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA LA AGRICULTURA PRODUCTIVA Y TIERRAS
    INSAI
    Providencia mediante la cual se establecen las Normas,
    Medidas y Procedimientos Fitosanitarios para Prevención,
    Contensión, Control y Erradicación de la Plaga Xilella
    fastidiosa Wells, Causante de la Enfermaedad de Pierce
    de Vides.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA LA COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN
    Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana Pilar
    Teresa Serra Guarique, como Directora General de la
    Consultoría Jurídica, en calidad de Encargada de este
    Ministerio; y se delega las atribuciones y la irma de los
    documentos que en ella se indican.
    Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura para
    la Ejecución Financiera del Presupuesto de Gastos
    de este Ministerio, correspondiente al Ejercicio
    Económico-Financiero del año 2022, la cual estará
    constituida por la Unidad Administrativa Central y las
    Unidades Ejecutoras Locales que en ella se mencionan.
    Resoluciones mediante las cuales se otorga a las ciudadanas
    y al ciudadano que en ellas se mencionan, el beneicio
    de Jubilación Ordinaria, Pensión por Discapacidad y
    Jubilación Especial.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA LA CULTURA
    Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana
    Mercedes Consuelo Salazar Pérez, como Directora
    General de Fomento y Producción de Bienes y Servicios
    Culturales, adscrita al Despacho del Viceministerio de
    Fomento de la Economía Cultural, de este Ministerio.
    Resolución mediante la cual se corrige por error material
    la Resolución N° 216, de fecha 1° de diciembre de
    2021, publicada en la Gaceta Oficial de la República
    Bolivariana de Venezuela N° 42.269, de fecha 3 de
    diciembre de 2021

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  • Sumario de la Gaceta Oficial del 20 diciembre de 2021 Número 42.280
    Sumario de la Gaceta Oficial del 20 diciembre de 2021 Número 42.280

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    Caracas, lunes 20 de diciembre de 2021 Número 42.280
    SUMARIO
    ASAMBLEA NACIONAL
    Ley de Presupuesto para el Ejercicio Económico Financiero 2022, aprobada por la
    Asamblea -(Véase N° 6.670 Extraordinario de la Gaceta Oicial de la República
    Bolivariana de Venezuela, de esta misma fecha).
    Ley Especial de Endeudamiento Anual para el Ejercicio Económico Financiero
    2022, aprobada por la Asamblea .-(Véase N° 6.671 Extraordinario de la Gaceta
    Oicial de la República Bolivariana de Venezuela, de esta misma fecha).
    VICEPRESIDENCIA SECTORIAL DE PLANIFICACIÓN
    Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura Financiera para el Ejercicio
    Económico 2022 de la Vicepresidencia Sectorial de Planiicación la cual, estará
    constituida por la Unidad Administradora Central y las Unidades Ejecutoras
    Locales que en ella se mencionan.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA RELACIONES EXTERIORES
    Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana Martha Gabriela Ortega
    Peraza, como Ministro Consejero en Comisión, Encargada de Negocios Ad
    Interim, de la República Bolivariana de Venezuela acreditada en Barbados; y se
    Encarga la Gestión de la Unidad Administradora de la mencionada Embajada.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    DE PLANIFICACIÓN
    Resolución mediante la cual se otorga el beneicio de Jubilación Especial, a las
    ciudadanas y al ciudadano que en ella se mencionan.
    Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura Financiera para el Ejercicio
    Económico 2022 de este Ministerio, la cual estará constituida por la Unidad
    Administradora Central y las Unidades Ejecutoras Locales que en ella se
    señalan.
    Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana Mary Eugenia Verde de
    Wandelt Carvajal, como Directora General Encargada de la Dirección General
    de Planiicación y Seguimiento y Evaluación de Misiones Sociales, adscrita
    al Despacho del Viceministerio de Planiicación Social e Institucional, de este
    Ministerio.
    Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana Danmarys Lucia Hernández
    González, como Directora General (E) de la UnidadTerritorial de Planiicación
    Popular (UTPP) de la Región Andina, de este Ministerio.
    CORPOCENTRO
    Providencia mediante la cual se designa a la ciudadana Thaís Andreína López,
    como Directora (E) de la Oicina de Gestión Administrativa, de esta Corporación.
    Providencia mediante la cual se designa al ciudadanoJoel Isaac Reyes Jiménez,
    como Director (E) de la Oicina de Presupuesto, de esta Corpóración.
    CORPOLARA
    Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana Yomary Coromoto Meléndez
    Suárez, como Gerente de Desarrollo Territorial, de esta Corporación.
    Providencia mediante la cual se designa al ciudadanoVíctor José Sarmiento
    Ramírez, como Coordinador de Seguridad, en calidad deEncargado, adscrito
    a la Gerencia General, de esta Corporación.
    Providencia mediante la cual se designa al ciudadano Armando Roberto Martínez
    Álvarez, como Gerente de la Oicina de Gestión Administrativa, en calidad de
    Encargado, adscrito a la Gerencia General, de esta Corporación.
    Instituto Geográico de Venezuela Simón Bolívar
    Providencia mediante la cual se designa a la ciudadana Yanira Ramona Aparicio
    Henríquez, como Directora General de la Oicina de Gestión Humana, de este
    Instituto.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA EL TRANSPORTE
    Resolución mediante la cual se ascienden a los ciudadanos que en ella se
    mencionan, a la jerarquía inmediata superior según la Categoría de
    Bombero Profesional de carrera en servicio permanente, con una vigencia
    a partir del 20 de agosto de 2021.
    Resolución mediante la cual se designa al ciudadano José Martín Castañeda
    Hidalgo, como Director Estadal de Carabobo, de este Ministerio.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA LAS COMUNAS Y LOS MOVIMIENTOS SOCIALES
    Resolución mediante la cual se aprueba la “Estructura para la Ejecución Financiera
    del Presupuesto de Gastos de este Ministerio, para el Ejercicio Fiscal 2022”.
    Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Nestor José Delgado Serrano,
    como Director Estadal de Comunas del estado Trujillo, adscrito a la oicina de
    coordinación Territorial, de este Ministerio.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA HÁBITAT Y VIVIENDA
    Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura para la Ejecución Financiera
    del Presupuesto de Gastos de este Ministerio, que regirá durante al Ejercicio
    Fiscal 2022, conforme a la Distribución Administrativa, la cual estará constituida
    por la Unidad Administradora Central y las Unidades Administradoras
    Desconcentradas que intervienen en el manejo de los Créditos Presupuestarios
    cuya denominación en ella se menciona.
    Resolución mediante la cual se designa como responsables de las Acciones
    Centralizadas, Proyectos, Metas y Objetivos, que conforman la Estructura
    Presupuestaria del Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda durante
    el Ejercicio Fiscal 2022, a las ciudadanas y ciudadanos que en ella se indican.
    MINISTERIO DEL PODER POPUALR
    PARA LA CULTURA
    Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura para la Ejecución Financiera
    del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio Fiscal 2022 de este Ministerio,
    que estará conformada por la Unidad Administradora Central y las Unidades
    Administradoras que en ella se señalan.
    PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
    Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura para la Ejecución Financiera
    del Presupuesto de Egresos de este Organismo, para el Ejercicio Económico
    Financiero 2022, la cual estará constituida por la Unidad Administradora
    Central que en ella se especiica.
    MINISTERIO PÚBLICO
    Resoluciones mediante las cuales se designa a las ciudadanas que en ellas se
    mencionan, como Fiscal Provisorio y Fiscal Auxiliar Interino, en las Fiscalías
    que en ellas se señalan, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana
    de Caracas, de este Organismo.
    Resoluciones mediante las cuales se traslada a las ciudadanas y al ciudadano
    que en ellas se mencionan, a las Fiscalías que en ellas se especiican, de las
    Circunscripciones Judiciales que en ellas se indican, de este Organismo.
    Resoluciones mediante las cuales se designa a la ciudadana y a los ciudadanos
    que en ellas se mencionan, para ocupar los cargos que en ellas se señalan,
    de este Organismo.
    DEFENSORÍA DEL PUEBLO
    Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura Presupuestaria de este
    Organismo, para el Ejercicio Económico Financiero 2022, la cual estará
    conformada como en ella se especiica.
    Resoluciones mediante las cuales se designa a la ciudadana y a los ciudadanos
    que en ellas se mencionan, para ocupar los cargos que en ellas se especiican,
    de este Organismo.

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  • Sumario de la Gaceta Oficial del 17 de diciembre de 2021 Número 42.279
    Sumario de la Gaceta Oficial del 17 de diciembre de 2021 Número 42.279

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    Caracas, viernes 17 de diciembre de 2021 Número 42.279
    SUMARIO
    PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
    Decreto Nº 4.623, mediante el cual se nombra a los ciudadanos
    que en él se mencionan, como Viceministros, del Ministerio del
    Poder Popular de Comercio Nacional.
    VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
    SUNAI
    Providencia mediante la cual se designa al ciudadano Sergio
    Jesús Calleja Ugas, como Gerente de Presupuesto, adscrito a
    la Oicina de Presupuesto, de esta Superintendencia.
    CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO
    Fondo de Compensación Interterritorial
    Providencia mediante la cual se aprueba la Estructura Presupuestaria
    de este Organismo para la Ejecución Financiera del Presupuesto
    de Gastos correspondientes al Ejercicio Económico Financiero del
    año 2022, la cual estará constituida por las Unidades Organizacionales
    y Unidades Ejecutoras Locales que en ella se mencionan.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ
    Resolución mediante la cual se designan a las ciudadanas y
    ciudadanos que en ella se mencionan, como Cuentadantes
    responsables de la Unidad Administradora Central y las
    Unidades Administradoras Desconcentradas, para la Ejecución
    Financiera del Presupuesto de Gastos de este Ministerio,
    correspondiente al Ejercicio Económico-Financiero del año
    2022.
    Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura para la
    Ejecución Financiera del Presupuesto de Gastos de este
    Ministerio, correspondiente al Ejercicio Económico-Financiero
    del año 2022, la cual estará constituida por la Unidad
    Administradora Central, las Unidades Ejecutoras Locales y las
    Unidades Administradoras Desconcentradas que en ella se
    señalan.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA RELACIONES EXTERIORES
    Resolución mediante la cual se traslada al ciudadano Giuseppe
    Ángelo Carmelo Yofreda, quien ejerce funciones como
    Embajador, en la Embajada de la República Bolivariana
    de Venezuela ante el Estado de Qatar y designarlo como
    Embajador, en la Embajada de la República Bolivariana de
    Venezuela en la República Popular China, con concurrencia en
    Mongolia; y se Encarga la Gestión de la Unidad Administradora
    que en ella se menciona.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    DE COMERCIO NACIONAL
    Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura Financiera
    del Presupuesto de Gastos de este Ministerio, para el Ejercicio
    Económico Financiero 2022.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA HÁBITAT Y VIVIENDA
    Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Richard José
    Gregorio Ramírez Delgado, como Director Ministerial estado
    Falcón, de este Ministerio.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA EL ECOSOCIALISMO
    Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Carlos
    Augusto Peña Escalona, como Auditor Interno (E), de este
    Ministerio

    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA LOS PUEBLOS INDÍGENAS
    Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura para
    la Ejecución Financiera del Presupuesto de Gastos
    correspondientes al Ejercicio Financiero 2022 de este Ministerio,
    la cual estará constituida por la Unidad Administradora Central
    y las Unidades Ejecutoras Locales que en ella se mencionan.
    TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
    Dirección Ejecutiva de la Magistratura
    Resoluciones mediante las cuales se designan a las ciudadanas y
    ciudadanos que en ellas se mencionan, para ocupar los cargos
    que en ellas se especiican, de esta Magistratura.
    CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
    Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura para la
    Ejecución Financiera del Presupuesto de Gasto de este
    Organismo, para el Ejercicio Económico Financiero 2022.
    PODER CIUDADANO
    Consejo Moral Republicano
    Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura para la
    Ejecución Financiera del Presupuesto de Gasto de este
    Organismo, para el Ejercicio Económico Financiero 2022.
    Resolución mediante la cual se designan a las ciudadanas que en
    ella se mencionan, para conformar la Unidad Contratante de
    este Organismo

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  • Sumario de la Gaceta Oficial del 16 de diciembre de 2021 Número 42.278
    Sumario de la Gaceta Oficial del 16 de diciembre de 2021 Número 42.278

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    Caracas, jueves 16 de diciembre de 2021 Número 42.278
    SUMARIO
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ
    Resoluciones mediante las cuales se decide la culminación de los
    Procesos de Intervención a los Institutos Autónomos de Policía
    de los municipios de los estados que en ellas se mencionan, de
    conformidad con lo previsto en el Artículo 109 del Reglamento
    General de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo
    de Policía Nacional Bolivariana.
    Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana y a los
    ciudadanos que en ella se señalan, como integrantes del
    Consejo Directivo del Servicio Nacional de Administración
    y Enajenación de Bienes Asegurados o Encautados,
    Coniscados y Decomisados (SNB), servicio desconcentrado
    sin personalidad jurídica, dependiente de la Superintendencia
    Nacional Antidrogas, e incorporado a la Estructura Organizativa
    de este Ministerio.
    Resoluciones mediante las cuales se otorga la Pensión por
    Discapacidad, a las ciudadanas y al ciudadano que en ellas
    se indican.
    Resolución mediante la cual se corrige la Resolución N° 155, de
    fecha 12 de octubre de 2021, publicada en la GacetaOicial de
    la República Bolivariana de Venezuela N° 42.233, de fecha 14
    de octubre 2021, en los términos que en ella se especiican.
    Resolución mediante la cual se constituyen formalmente los
    Comités de Contraloría Social Policial, electos durante los
    meses comprendidos entre febrero y agosto de 2021, con
    vigencia desde el primero (1°) de octubre de 2021 hastael
    primero (1°) de octubre de 2025, quedando integrados por las
    ciudadanas y ciudadanos (Titulares y Suplentes) que enella
    se indican.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    DE ECONOMÍA, FINANZAS Y COMERCIO EXTERIOR
    Sudeban
    Resoluciones mediante las cuales se otorga la Jubilación Especial,
    a las ciudadanas que en ellas se mencionan.
    BANCO CENTRAL DE VENEZUELA
    Aviso Oicial mediante el cual se informa al público en general, las
    Tasas de Interés aplicables a las obligaciones derivadas de la
    relación de trabajo y las Tasas de Interés para operaciones con
    Tarjetas de Crédito.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA LA EDUCACIÓN
    FEDE
    Providencia mediante la cual se delega en la ciudadana Gladys
    María del Valle Barreto Maracay, en su condición de Presidenta
    de esta Fundación, las atribuciones que en ella señalan.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA LA SALUD
    Fundación Hospital Cadiológico Infantil Latinoamericano
    “Dr. Gilberto Rodríguez Ochoa”
    Providencia mediante la cual se designa a las ciudadanas y al
    ciudadano que en ella se indican, como Miembros Principales
    y Suplentes de la Comisión de Contrataciones Públicas de esta
    Fundación.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA RELACIONES INTERIORES,
    JUSTICIA Y PAZ
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA EL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO
    Resolución mediante la cual se establece la Estructura Financiera
    de este Ministerio, para el Ejercicio Fiscal del año 2022, y sus
    respectivos responsables, la cual estará constituida por la
    Unidad Administradora Central y las Unidades Administradoras
    Desconcentradas, sin delegación de irmas, cuyas
    denominaciones se especiican en ella.

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  • Sumario de la Gaceta Oficial del 15 de diciembre de 2021 Número 42.277
    Sumario de la Gaceta Oficial del 15 de diciembre de 2021 Número 42.277

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    Caracas, miércoles 15 de diciembre de 2021 Número 42.277

    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    DE COMERCIO NACIONAL
    SUMARIO
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    DE COMERCIO NACIONAL
    Resolución mediante la cual se constituye la Comisión
    de Contrataciones de este Ministerio, la cual estará
    conformada por las ciudadanas y ciudadanos que en ella
    se mencionan.
    Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana
    María Fernanda Palencia, como Directora General del
    Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad,
    Metrología y Reglamentos Técnicos (SENCAMER),
    Órgano Desconcentrado de este Ministerio.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA LA AGRICULTURA PRODUCTIVA Y TIERRAS
    Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura para
    la Ejecución Financiera del Presupuesto de Gastos de
    este Ministerio, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2022,
    la cual estará constituida por la Unidad Administradora
    Central y las Unidades Administradoras Desconcentradas
    que en ella se señalan.
    Resolución mediante la cual se designan a las ciudadanas y
    ciudadanos que en ella se mencionan, como Cuentadantes
    y responsables de los Fondos en Avance y Anticipos que
    les sean girados a las Unidades Administradoras que en
    ella se señalan.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    DE PESCA Y ACUICULTURA
    INSOPESCA
    Providencias mediante las cuales se delega a las ciudadanas
    y ciudadanos que en ellas se mencionan, para ejercer las
    atribuciones y irmas de los actos y documentos que en
    ellas se especiican, de este Instituto.
    Providencia mediante la cual se designa al ciudadano Dyck
    Byckcley López Montilla, como Gerente de la Oicina de
    Información y Relaciones Públicas Institucionales de este
    Instituto, en calidad de Titular.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA EL TRANSPORTE
    Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura
    para la Ejecución Financiera del Presupuesto de
    Gastos de este Ministerio, correspondiente al Ejercicio
    Económico-Financiero del año 2022.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA HÁBITAT Y VIVIENDA
    Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana
    Gabriela de Los Ángeles Saavedra Machado, como
    Auditor Interno (Encargado), de este Ministerio.
    Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana
    Yuraima Patricia Cabrera Figuera, como Directora
    Ministerial estado Bolívar, de este Ministerio.

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  • Sumario de la Gaceta Oficial del Venezuela del 14-12-2021 número 42276
    Sumario de la Gaceta Oficial del 14/12/2021 número 42276

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    Caracas, martes 14 de diciembre de 2021 Número 42.276
    SUMARIO
    VICEPRESIDENCIA SECTORIAL
    DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS
    Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura para la
    Ejecución Financiera del Presupuesto de Gastos de esta
    Vicepresidencia Sectorial, correspondiente al Ejercicio
    Económico-Financiero del año 2022, la cual estará constituida
    por la Unidad Administradora Central y las Unidades Ejecutoras
    Locales que en ella se mencionan; y se designa al ciudadano
    Alexander Alberto Guaramato Miranda, como Cuentadante de
    la Unidad Administradora Central.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA
    Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE GOBIERNO
    INASS
    Providencia mediante la cual se se ratiica al ciudadano Yime
    José Rondón Mora, como Jefe (E) de la Oicina de Bienes
    Nacionales y Responsable Patrimonial de los Bienes, adscrito
    a la Gerencia de Administración y Servicios de este Instituto,
    ente adscrito a este Ministerio.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA LA AGRICULTURA PRODUCTIVA Y TIERRAS
    Resolución mediante la cual se revoca integramente la Resolución
    DM/N° 037/2021, de fecha 6 de diciembre de 2021, publicada
    en la Gaceta Oicial de la República Bolivariana de Venezuela
    N° 42.271, de fecha 7 de diciembre de 2021.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA EL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO
    Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana y a los
    ciudadanos que en ella se mencionan, como integrantes de
    la Junta Administradora Especial de la entidad de trabajo
    “Unidad Regional Acarigua Plásticos, Compañía Anónima
    (URAPLAST)”, para el período 2021-2022.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA EL TRANSPORTE
    INEA
    Providencia mediante la cual se designa al ciudadano Benigno
    Vila Penín, como Capitán de Puerto de la Capitanía de Puerto
    de Las Piedras, de este Instituto.
    Providencia mediante la cual se designa al ciudadano Adolfo Jesús
    Contreras Soto, como Capitán de Puerto (E) de la Capitanía de
    Puerto de Puerto Cabello, de este Instituto.
    MINISTERIO DEL PODER POPULAR
    PARA HÁBITAT Y VIVIENDA
    Resolución mediante la cual se designan a las ciudadanas y al
    ciudadano que en ella se mencionan, como Miembros de la
    Junta Administradora del Urbanismo Mi Refugio, ubicado en la
    dirección que en ella se señala, de este Ministerio.
    Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Juan Manuel
    Gil Linares, como Director Ministerial estado Trujillo, de este
    Ministerio.

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  • Sumario de la Gaceta Oficial de Venezuela 13-12-2021 numero 42275
    Sumario de la Gaceta Oficial del 13/12/2021 #42275

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    Caracas, lunes 13 de diciembre de 2021 Número 42.275
    SUMARIO

    MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
    Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Omar Andy Oberto Aparicio, como Coordinador
    Nacional de los Consejos Estadales de Gestión Universitaria de este Ministerio, en condición de
    Encargado.

    MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO
    Resolución mediante la cual atendiendo a la comunicación suscrita por el ciudadano Jorge Alberto
    Arreaza Montserrat, Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional, la Junta
    Administradora Especial de la entidad de trabajo C.A. Good Year de Venezuela, para el período
    2021-2022 queda conformada por la ciudadana y los ciudadanos que en ella se señalan; el ciudadano
    Víctor Raúl Abreu Peraza, ejercerá el cargo de Gerente General de Operaciones y Administración en
    dicha Entidad de trabajo; el referido ciudadano tendrá las facultades y atribuciones que en ella se
    especiican.

    Resolución mediante la cual se da continuidad e impulso a los procesos productivos y
    administrativos de la Entidad de trabajo Azucarera Río Turbio, C.A., se prorroga la vigencia de la
    Junta Administradora Especial de dicha Entidad de trabajo; la referida Junta continúa conformada
    por los ciudadanos que en ella se indican.

    Resolución mediante la cual se coniere la condecoración Orden al Mérito en el Trabajo, en su
    “Segunda Clase” y “Tercera Clase”, a las ciudadanas y ciudadanos que en ella se mencionan.

    ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA
    Contraloría del estado Bolivariano de Mérida
    Resolución mediante la cual se otorga la Jubilación Especial, al
    ciudadano Jorge Luis Castillo Uzcátegui.

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  • LEY ORGÁNICA DE REFORMA DEL CODIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL 2021 Arts 1 al 250
    Las excepciones interpuestas durante la fase preparatoria se tramitarán en forma de incidencia, sin interrumpir la investigación y serán propuestas por escrito debidamente fundado ante el Juez o Jueza de Control, ofreciendo las pruebas que justifican los hechos en que se basan y acompañando la documentación correspondiente, con expresa indicación de los datos de identificación y dirección de ubicación de las otras partes.

    Planteada la excepción, el Juez o Jueza notificará a las otras partes, para que dentro de los cinco días siguientes a su notificación, contesten y ofrezcan pruebas.

    La víctima será considerada parte a los efectos de la incidencia, aún cuando no se haya querellado, o se discuta su admisión como querellante.

    En esta audiencia, cada una de las partes expondrá oralmente sus alegatos y presentará sus pruebas.

    Corresponde al tribunal de ejecución ejecutar o hacer ejecutar las penas y medidas de seguridad, así como garantizar los derechos de los privados de libertad en los establecimientos penitenciarios, asignándose por lo menos un juez o una jueza por cada centro penitenciario para cumplir tales fines, conforme a lo dispuesto en este Código y la ley.

    Se llevará a cabo ante la fiscal o el fiscal del Ministerio Público, una vez que exista la probabilidad objetiva de responsabilidad en el fundamento de la imputación, con las excepciones previstas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y este Código.

    Si el caso se encuentra en la Corte de Apelaciones, se recibirá la solicitud y se remitirá de inmediato con los recaudos necesarios al Juzgado de Primera Instancia que conoce o conoció de la causa, quien decidirá sobre dicha solicitud.

    El Juez o Jueza señalará la fecha para la celebración de la audiencia de juicio, que deberá tener lugar no antes de cinco días ni después de diez días hábiles, ordenándose la citación de todos los que deban concurrir al debate.

    La interposición de un recurso suspenderá la ejecución de la decisión, salvo que expresamente se disponga lo contrario.

    Cuando se trate de una decisión que otorgue la libertad al imputado, la interposición del recurso de apelación no suspenderá la ejecución de la decisión, excepto cuando se adopte en la audiencia preliminar y tratare de delitos de: homicidio intencional, violación; delitos que atenten contra la libertad, integridad e indemnidad sexual de niños, niñas y adolescentes; secuestro, delito de corrupción, delitos que causen grave daño al patrimonio público y la administración pública; tráfico de drogas de mayor cuantía, legitimación de capitales, contra el sistema financiero y delitos conexos, delitos con multiplicidad de víctimas, delincuencia organizada, violaciones graves a los derechos humanos, lesa humanidad, delitos graves contra la independencia y la seguridad de la nación y crímenes de guerra y el Ministerio Público ejerciere el recurso de apelación oralmente en la audiencia y en cuyo caso se oirá a la defensa, debiendo el juez o jueza remitirlo dentro de las 24 horas siguientes a la corte de apelaciones.

    Si el penado o penada debe cumplir la sanción en un lugar diferente al de la localidad donde se dictó la sentencia, el ministerio con competencia Penitenciaria deberá notificar al Juez o Jueza a los fines que éste o ésta remita el expediente al Juez o Jueza de ejecución con competencia en el sitio de cumplimiento.

    2. Regular la organización y funcionamiento del sistema penitenciario de conformidad con las normas, principios y valores establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los tratados y convenios internacionales sobre la materia, suscritos y ratificados por la República.

    6. Dictar, formular, supervisar y evaluar políticas que garanticen la seguridad y custodia de los procesados y procesadas, penados y penadas, con estricto apego a los Derechos Humanos.

    Los centros penitenciarios deben destinar el espacio adecuado para que los jueces o las juezas de ejecución desempeñen sus funciones de garantizar los derechos humanos de los privados y las privadas de libertad.

    La acción penal deberá ser ejercida de oficio por el Ministerio Público, salvo las excepciones establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley.

    Sólo podrán ser ejercidas por la víctima, las acciones que nacen de los delitos que la ley establece como de instancia privada, y su enjuiciamiento se hará conforme al procedimiento especial regulado en este Código.

    Sin embargo, para la persecución de los delitos de instancia privada que atenten contra la libertad, indemnidad, integridad y formación sexual, previstos en el Código Penal, bastará la denuncia ante el o la Fiscal del Ministerio Público o ante los órganos de policía de investigaciones penales competentes, hecha por la víctima o por sus representantes legales o guardadores, si aquélla fuere entredicha o inhabilitada, sin perjuicio de lo que dispongan las leyes especiales.

    Cuando la víctima no pueda hacer por sí misma la denuncia o la querella, a causa de su edad o estado mental, ni tiene representantes legales, o si éstos, están imposibilitados o implicados en el delito, el Ministerio Público está en la Obligación de ejercer la acción penal.

    Las excepciones interpuestas durante la fase preparatoria se tramitarán en forma de incidencia, sin interrumpir la investigación y serán propuestas por escrito debidamente fundado ante el Juez o Jueza de Control, ofreciendo las pruebas que justifican los hechos en que se basan y acompañando la documentación correspondiente, con expresa indicación de los datos de identificación y dirección de ubicación de las otras partes.

    Durante la fase intermedia, las excepciones serán opuestas en la forma y oportunidad establecidas en el artículo 311 de este Código, y serán decididas conforme a lo allí previsto.

    Hasta tanto decida la instancia judicial correspondiente, o cualquiera otra instancia establecida por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las de los Estados u otras Leyes, no podrán realizarse contra el funcionario investigado actos que impliquen una persecución personal, salvo las excepciones establecidas en este Código.

    El Juez o Jueza, antes de resolver respecto de la solicitud fiscal, procurará oír a la víctima.

    Él o la Fiscal del Ministerio Público solicitará al Juez o Jueza de Control autorización para aplicar el presente supuesto especial, cuando se trate de hechos producto de la delincuencia organizada o de la criminalidad violenta y el imputado o imputada colabore eficazmente con la investigación, aporte información esencial para evitar que continúe el delito o se realicen otros, ayude a esclarecer el hecho investigado u otros conexos, o proporcione información útil para probar la participación de otros imputados o imputadas, siempre que la pena que corresponda al hecho punible por el cual se le investiga, sea menor o igual que la de aquéllos cuya persecución facilita o continuación evita.

    Admitida la solicitud del Ministerio Público, la causa seguida al informante se separará, ordenándose el resguardo de aquél en un establecimiento que garantice su integridad física, para lo cual cooperarán todos los organismos del Estado que se requiera.

    El Juez o Jueza competente para dictar sentencia, en la oportunidad correspondiente, rebajará la pena aplicable a la mitad de la sanción establecida para el delito que se le impute al informante, cuando hayan sido satisfechas las expectativas, lo cual deberá constar en el escrito de acusación.

    2. Cuando se trate de delitos culposos contra las personas.

    En el supuesto previsto en el numeral primero de este artículo, sólo se podrá aprobar un nuevo acuerdo reparatorio a favor del imputado o imputada, después de transcurridos tres años desde la fecha de cumplimiento de un anterior acuerdo.

    Durante el plazo del acuerdo para el cumplimiento de la reparación a que se refiere el artículo 42 de este código, y el período de prueba de que trata el artículo 45 del mismo, quedará en suspenso la prescripción de la acción penal.

    La falta de jurisdicción de los tribunales venezolanos será declarada, a instancia de parte, por el tribunal que corresponda, según el estado del proceso.

    En caso de delito imperfecto será competente el del lugar en el que se haya ejecutado el último acto dirigido a la comisión del delito.

    En las causas por delito continuado o permanente el conocimiento corresponderá al tribunal del lugar en el cual haya cesado la continuidad o permanencia o se haya cometido el último acto conocido del delito.

    En las causas por delito o delito imperfecto cometidos en parte dentro del territorio nacional, será competente el tribunal del lugar donde se haya realizado total o parcialmente la acción u omisión o se haya verificado el resultado.

    El juez o Jueza que, conociendo de una causa, observare su incompetencia por razón del territorio, deberá declararlo así y remitir lo actuado al tribunal que lo sea conforme a lo dispuesto en los artículos anteriores.

    1.- Cuando se trate de delitos graves, cuya perpetración cause alarma, sensación o escándalo público.

    2.- Cuando por recusación, inhibición o excusa de los jueces o juezas titulares y de sus suplentes respectivos, el proceso se paralice indefinidamente, después de presentada la acusación por el o la fiscal.

    Resuelto el conflicto, las partes no podrán oponer como excepción la competencia del tribunal por los mismos motivos que hayan sido objeto de la decisión.

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  • LEY ORGÁNICA DE REFORMA DEL CODIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL 2021 Arts 250 al 518
    El imputado o imputada podrá solicitar la revocación o sustitución de la medida judicial de privación preventiva de libertad las veces que lo considere pertinente.

    En todo caso el Juez o Jueza deberá examinar la necesidad del mantenimiento de las medidas cautelares cada tres meses, y cuando lo estime prudente las sustituirá por otras menos gravosas.

    En el proceso por delitos de acción privada las costas serán asumidas por el acusador privado, en caso de absolución, sobreseimiento o archivo; y por el acusado o acusada en caso de condena.

    Cuando el acusador o la acusadora hubiere provocado el proceso por medio de una acusación falsa, y así fuere declarado por el tribunal, éste le impondrá el pago del doble de las costas.

    La decisión sobre las costas sólo será recurrible cuando la sentencia o auto que la contiene sea apelable, en cuyo caso podrá impugnarse autónomamente.

    El Estado, en los supuestos de los artículos 257 y 259 de este Código, está obligado al pago, sin perjuicio de su derecho a repetir en el caso en que el Juez o Jueza hubiere incurrido en delito.

    El Ministerio Público, cuando de cualquier modo tenga conocimiento de la perpetración de un hecho punible de acción pública, dispondrá que se practiquen las diligencias tendientes a investigar y hacer constar su comisión, con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación y la responsabilidad de los autores o autoras y demás partícipes, y el aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con la perpetración.

    En los casos en que se presuma la participación de funcionarios o funcionarias de organismos de seguridad del Estado, la Defensoría del Pueblo podrá tener acceso a las actuaciones que conforman la investigación.

    El Ministerio Público podrá disponer, mediante acta motivada, la reserva total o parcial de las actuaciones por un plazo que no podrá superar los quince días continuos, siempre que la publicidad entorpezca la investigación.

    En casos excepcionales, el plazo se podrá prorrogar hasta por un lapso igual, pero, en este caso, cualquiera de las partes, incluyendo a la víctima, aún cuando no se haya querellado o sus apoderados o apoderadas con poder especial, podrán solicitar al Juez o Jueza de control que examine los fundamentos de la medida y ponga fin a la reserva.

    No obstante, cuando la eficacia de un acto particular dependa de la reserva parcial de las actuaciones, el Ministerio Público podrá disponerla, con mención de los actos a los cuales se refiere, por el tiempo absolutamente indispensable para cumplir el acto ordenado, que nunca superará las cuarenta y ocho horas.

    El Ministerio Público podrá permitir la asistencia del imputado o imputada, la víctima y de sus representantes, a los actos que se deban practicar, cuando su presencia fuere útil para el esclarecimiento de los hechos y no perjudique el éxito de la investigación o impida una pronta y regular actuación.

    Si el obstáculo no existiera para la fecha del debate, la persona deberá concurrir a prestar su declaración.

    El tribunal de control, a solicitud del Ministerio Público, podrá ordenar que cualquier ciudadano o ciudadana sea conducido o conducida por la fuerza pública en forma inmediata ante el funcionario o funcionaria del Ministerio Público que solicitó la conducción, con el debido respeto de sus derechos constitucionales, a fin de ser entrevistado o entrevistada por aquél sobre los hechos que se investigan.

    La víctima podrá, dentro del plazo de cinco días, contados desde la notificación de la convocatoria, adherirse a la acusación de la o el Fiscal o presentar una acusación particular propia cumpliendo con los requisitos del artículo anterior.

    La admisión de la acusación particular propia de la víctima al término de la audiencia preliminar, le conferirá la cualidad de parte querellante en caso de no ostentarla con anterioridad por no haberse querellado previamente durante la fase preparatoria.

    Corresponderá al Juez o Jueza de Control realizar lo conducente para garantizar que se celebre la audiencia preliminar en el plazo establecido para ello.

    De no comparecer el defensor privado a la segunda convocatoria, si fuere el caso, se tendrá por abandonada la defensa y se procederá a designar un defensor público de inmediato, y se realizará la audiencia en esa misma oportunidad.

    En caso de pluralidad de imputados o imputadas, se celebrará la audiencia con el o los imputados comparecientes; y con la defensa privada de quien no haya comparecido, o la defensa pública, según sea el caso.

    De no realizarse la audiencia dentro del plazo establecido, las partes podrán intentar las acciones disciplinarias a que haya lugar contra aquél por cuya responsabilidad no se realizó dicha audiencia.

    3. Solicitar la aplicación del procedimiento por admisión de los hechos.

    Las partes podrán promover nuevas pruebas, acerca de las cuales hayan tenido conocimiento con posterioridad a la audiencia preliminar.

    Después de verificar la presencia de las partes, expertos o expertas, intérpretes o testigos que deban intervenir, el Juez o jueza declarará abierto el debate, advirtiendo al acusado o acusada y al público sobre la importancia y significado del acto.

    En caso que el acusado o acusada en estado contumaz se niegue a asistir al debate, se entenderá que no quiere hacer uso de su derecho a ser oído en el proceso, por lo que se procederá a realizar el debate fijado con su defensor o defensora, si asiste, o en su defecto con un defensor o defensora pública que se le designará a tal efecto; de igual manera se procederá en caso que el acusado o acusada que esté siendo juzgado o juzgada en libertad o bajo una medida cautelar sustitutiva, no asista al debate injustificadamente, pudiendo el Juez o Jueza, de oficio o a solicitud del Ministerio Público, revocar la medida cautelar.

    Seguidamente, en forma sucinta, él o la Fiscal y él o la querellante expondrán sus acusaciones y el defensor o defensora su defensa.

    Después de las exposiciones de las partes, el juez o jueza recibirá declaración al acusado o acusada con las formalidades de este Código.

    Permitirá que manifieste libremente cuanto tenga por conveniente sobre la acusación, pudiendo ser interrogado o interrogada posteriormente.

    Al finalizar el relato, permitirá el interrogatorio directo.

    Si el penado o penada se encontrare en libertad, y fuere condenado o condenada a una pena privativa de libertad mayor de cinco años, el Juez o Jueza decretará su inmediata detención, la cual se hará efectiva en la misma sala de audiencias, sin perjuicio del ejercicio de los recursos previstos en este Código.

    Cuando fuere condenado o condenada a una pena menor a la mencionada, el o la Fiscal del Ministerio Público o el o la querellante, podrán solicitar motivadamente al Juez o Jueza la detención del penado o penada.

    3. El desarrollo del debate, con mención del nombre y apellido de los o las testigos, expertos o expertas e intérpretes, señalando los documentos leídos durante la audiencia.

    Salvo en los casos de comprobada contumacia o rebeldía, a los procesados y procesadas por delitos menos graves, conforme a lo previsto en el artículo anterior, se les podrá decretar medidas cautelares sustitutivas a la privación judicial preventiva de libertad, de acuerdo a lo previsto en el artículo 242 de éste Código.

    En estos casos, el Juez o Jueza de Instancia Municipal de oficio o a solicitud del Ministerio Público, previa comprobación del hecho podrá revocar la medida o medidas cautelares sustitutivas a la privación judicial preventiva de libertad, que hayan sido previamente acordadas sin perjuicio de volver a otorgarlas.

    Cuando el proceso se inicie con ocasión a la detención flagrante del imputado o imputada, la presentación del mismo se hará ante el Juez o Jueza de Instancia Municipal, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su detención, siguiéndose lo dispuesto en el primer y segundo aparte de este artículo.

    La Suspensión Condicional del Proceso podrá acordarse desde la fase preparatoria, siempre que sea procedente y el imputado o imputada en la oportunidad de la audiencia de presentación así lo haya solicitado y acepte previamente el hecho que se le atribuye en la imputación fiscal.

    Cuando previamente a la celebración de la audiencia preliminar, conste en autos que la víctima ha delegado la representación de sus derechos en el Ministerio Público, éste asumirá su representación, en cualquier estado del proceso, por lo que si llegado el día y hora para la celebración de la audiencia preliminar, el Juez o Jueza de Instancia Municipal verificare la presencia del resto de las partes, llevará a cabo la celebración del acto.

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    LEY ORGÁNICA DE REFORMA DEL CODIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL 2021

    Código Orgánico Procesal Penal

    Gaceta Oficial Nº 6.644 Extraordinario del 17 de septiembre de 2021

    LA ASAMBLEA NACIONAL

    DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

    Decreta

    la siguiente,

    LEY ORGÁNICA DE REFORMA DEL CODIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL

    Artículo 1. Se modifica el artículo 30, quedando la redacción en los términos siguientes:

    Trámite de las Excepciones Durante la Fase Preparatoria

    Artículo 30. Las excepciones interpuestas durante la fase preparatoria se tramitarán en forma de incidencia, sin interrumpir la investigación y serán propuestas por escrito debidamente fundado ante el Juez o Jueza de Control, ofreciendo las pruebas que justifican los hechos en que se basan y acompañando la documentación correspondiente, con expresa indicación de los datos de identificación y dirección de ubicación de las otras partes.

    Planteada la excepción, el Juez o Jueza notificará a las otras partes, para que dentro de los cinco días siguientes a su notificación, contesten y ofrezcan pruebas.

    La víctima será considerada parte a los efectos de la incidencia, aún cuando no se haya querellado, o se discuta su admisión como querellante.

    Si la excepción es de mero derecho, el Juez o Jueza sin más trámite, dictará resolución motivada dentro de los tres días siguientes al vencimiento del plazo de cinco días.

    De igual forma procederá en caso de no haberse ofrecido pruebas.

    En caso de haberse promovido pruebas, el Juez o Jueza, si la cuestión no es de mero derecho, convocará a todas las partes, sin necesidad de notificación previa, a una audiencia oral, que se celebrará dentro de los ocho días siguientes a la publicación del auto respectivo. En esta audiencia, cada una de las partes expondrá oralmente sus alegatos y presentará sus pruebas. Al término de la audiencia, el Juez o Jueza resolverá la excepción de manera razonada. La resolución que se dicte es apelable por las partes dentro de los cinco días siguientes a la celebración de la audiencia. El rechazo de las excepciones impedirá que sean planteadas nuevamente durante la fase intermedia por los mismos motivos.

    Artículo 2. Se modifica el artículo 69, quedando la redacción en los términos siguientes:

    Tribunales de Primera Instancia en Funciones de Ejecución.

    Artículo 69. Corresponde al tribunal de ejecución ejecutar o hacer ejecutar las penas y medidas de seguridad, así como garantizar los derechos de los privados de libertad en los establecimientos penitenciarios, asignándose por lo menos un juez o una jueza por cada centro penitenciario para cumplir tales fines, conforme a lo dispuesto en este Código y la ley.

    Artículo 3. Se modifica el artículo 122, quedando la redacción en los términos siguientes:

    Derechos de la Víctima

    Artículo 122. Quien de acuerdo con las disposiciones de este Código sea considerado víctima, aunque no se haya constituido como querellante, podrá ejercer en el proceso penal los siguientes derechos:

    1. Presentar querella e intervenir en el proceso conforme a lo establecido en este Código.

    2. Solicitar las diligencias de investigación necesarias para el esclarecimiento de los hechos. El fiscal deberá pronunciarse sobre dicha solicitud en el lapso de tres días. En caso de falta de pronunciamiento del fiscal dentro de este lapso o en caso de negativa, la víctima podrá acudir ante el tribunal competente, para que se pronuncie sobre la pertinencia y necesidad de las diligencias solicitadas y las acuerde de ser procedentes.

    3. Ser informada de los avances y resultados del proceso cuando lo solicite y tener acceso al expediente aun cuando no se haya querellado.

    4. Delegar de manera expresa su representación en abogado de confianza mediante poder...
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