Sentencia del 14 de Mayo de 2019. La CIDH analiza la procedencia de la solicitud de aclaración de una sentencia emitida por este alto Tribunal, a la luz del articulo 67 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos y del articulo 68 del reglamento de la Corte, precisando que contra sus sentencias no
Procede mecanismo de impugnación. La solicitud de aclaración deberá presentarse dentro de los 90 días siguientes a la notificación del fallo y su finalidad es aclarar algún punto de la parte resolutiva que sea confuso, no modificar el fallo.
Nuestras redes sociales:
Facebook: https://www.facebook.com/EmisoraLaVozdelDerecho
Twitter: https://twitter.com/LaVozDelDerecho
Youtube: https://www.youtube.com/c/lavozdelderecho1
Instagram: https://www.instagram.com/emisoralavozdelderecho/