• Los acuerdos no pueden estar sobre la ley. Solo buscan la ejecución de determinada normativa.
• El Ministerio del Trabajo ha solicitado una obligación de registro para identificar porque han sido despedidos.
• El Ministerio no puede sancionar a quienes despidieron. El acuerdo ministerial no puede imponer sanción.
• No se pueden establecer sanciones mediante acuerdos, eso solo por la Ley.
• La justificación va a ser delante de un juez. El juez decidirá si se justifica o no (aplicación del artículo 169 del Código del Trabajo).