En este episodio te explico de forma sencilla y directa el artículo 525 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, dedicado a las sentencias que no pueden ejecutarse provisionalmente.
Damos un repaso por las sentencias sobre paternidad, maternidad, filiación, nulidad matrimonial, separación, divorcio, capacidad, estado civil, sustracción internacional de menores y derechos honoríficos, junto con la excepción relativa a los pronunciamientos patrimoniales.
También te explico qué ocurre con las sentencias que condenan a emitir una declaración de voluntad, las que declaran la nulidad o caducidad de títulos de propiedad industrial, las sentencias extranjeras no firmes y los pronunciamientos indemnizatorios por vulneración del honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen.
Un artículo especialmente importante para examen, porque la LEC recoge el listado en negativo, pero las preguntas reales pueden obligarte a identificar en positivo qué sentencia sí puede ejecutarse provisionalmente.
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Nos escuchamos el próximo LUNES, hasta entonces, cuídate mucho. Aaaadios.