Demanda de ADECEN (Asociación de defensa al consumidor de Entre Ríos) : Tras una avalancha de amparos en 2016 por un voraz aumento de la tarifa eléctrica, no publicado en el B.O., ADECEN tomó la decisión de presentar un amparo colectivo.
La jueza Silvina Rufanacht, titular del Juzgado Civil y Comercial N° 6, de Paraná, dictó un primer fallo favorable a Adecen el 6 de agosto de 2021.
Enersa y la Fiscalía de Estado apelaron esa resolución, pero la Sala Segunda de la Cámara Civil y Comercial de Paraná confirmó lo resuelto.
Palabras más, palabras menos:
La defensa oficial determinó que el amparo no era la vía para establecer reclamos y que debía irse por la Justicia Ordinaria.
A todas luces, esta desición buscaba la dilación de la resolución, que podría tomar muchos años. Esto evidencia que la desición oficial se tomó para patear la pelota hacia adelante. La necesidad de la defensa claramente era impedir una resolución oficial.
Desde ADECEN se llevó adelante la presentación de un proceso colectivo en el ámbito Civil y Comercial bajo el argumento de que los aumentos no estaban publicados en el boletín oficial y por lo tanto no tenían vigencia.
La Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia (STJ) dictó una resolución que se convirtió en un gran alivio para el Estado provincial y, fundamentalmente, para la distribuidora Energía Entre Ríos SA (Enersa): frenó los efectos de dos fallos que habían condenado a la devolución a los usuarios del servicio eléctrico de un aumento del 136% dispuesto en 2016, y que según la demanda que inició la Asociación de Defensa de Consumidores Entrerrianos (Adecen) se había aplicado de modo irregular y sin cumplir la legislación vigente.
Escuchá la entrevista al Dr. Raúl Muñoz, abogado de ADECEN