El Mtro. Marino Alejandro Balderas Flores, director del bufete jurídico gratuito universitario, explica qué hacer cuando no se recibe el llamado para participar en el juicio sucesorio después de la muerte de un familiar, sobre todo si se es considerado heredero. Los descendientes, hijos, son los primeros llamados cuando muere una persona y no deja testamento; después la pareja, legal o concubina; los parientes colaterales hasta el sexto grado, y en caso de que no existan estos, se llamaría al gobierno.