El Gobierno de Canarias ultima una modificación de la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos, una norma que todavía no ha cumplido una década en vigor. Los cambios surgen de la necesidad de simplificar procedimientos, reducir cargas administrativas y mejorar la gestión del planeamiento. En definitiva, desenredar la ordenación del Archipiélago. Pero la reforma va más allá: incluye una apuesta por la defensa del territorio al endurecer sanciones. "No con afán recaudatorio, sino disuasorio para que la gente se lo piense dos veces antes de cometer una ilegalidad sobre el terreno", defiende el director general Onán Cruz.
En general, el borrador del nuevo régimen sancionador eleva las cuantías mínimas de las distintas infracciones. Se califica como infracción grave la construcción o edificación en parcelas o solares que no resulten legalizables cuando "no se correspondan con el uso del suelo" o "excedan de una planta en suelo rústico o de dos en las restantes clases de suelo", entre otros supuestos. Estos casos conllevarán multa de 6.001 a 80.000 euros. La sanción mínima se sitúa con la norma actual en 3.000 euros. El mismo castigo tendrá la alteración de usos de edificios, plantas, locales o dependencias sin contar con el título habilitante pertinente.
Las nuevas horquillas de multas por extraer áridos o acampar sin permiso
La extracción de áridos sin autorización, una infracción muy grave, tendrá una pena de entre 6.001 (antes 600) y 600.000 euros. Se modulará teniendo en cuenta la extensión del suelo afectada y el volumen de la extracción. El mismo rango se aplicará a partir de ahora para las sanciones por vertidos, depósitos y abandono de materiales y residuos de forma no autorizada.
Sobre los espacios naturales protegidos o sus zonas periféricas, se multará de 10.000 (antes 6.000) a 600.000 euros la alteración de sus elementos y condiciones "cuando ponga en peligro o cause daño a sus valores y a los fines de protección o se realice con ánimo de provocar la desclasificación del espacio o impedir su declaración como protegido". La misma pena se aplicará por hacer fuego con grave riesgo para la integridad del espacio. Además, la multa mínima por acamar sin el título habilitante pasa de 150 a 300 euros. La sanción máxima se mantiene en 3.000 euros.